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¿Cómo contratar a un empleado en Marruecos en 2026?

Para contratar a un asalariado en Marruecos, el empleador, ya inscrito en el Registro Mercantil (Registre du Commerce) y afiliado a la CNSS, redacta un contrato de trabajo (escrito recomendado para un CDI, indispensable para un CDD), inscribe al asalariado en la CNSS, lleva los registros y documentos obligatorios y elabora la primera nómina, con un salario al menos igual al SMIG (17,92 MAD por hora en 2026) y la retención del IR. Estos son los pasos que debe seguir, y con Charikaty, usted crea su sociedad en línea y la solicitud de afiliación a la CNSS se presenta desde la creación, para contratar sin esperas.

Equipo jurídico de CharikatyExpertos en derecho de sociedades en Marruecos · Publicado el · Actualizado el

Lo esencial en 5 puntos

En resumen
  • Requisitos previos: sociedad inscrita en el Registro Mercantil (Registre du Commerce), identificadores fiscales (IF, ICE, TP) y afiliación a la CNSS del empleador (solicitada desde la creación con Charikaty)

  • Contrato de trabajo conforme al Código del Trabajo (Ley 65-99): CDI como forma ordinaria, CDD solo en los casos previstos, período de prueba de 3 meses (cuadros), 1,5 meses (empleados) o 15 días (obreros), renovable una vez

  • Inscripción del asalariado en la CNSS y declaración mensual en DAMANCOM: cotizaciones 21,09 % patronal + 6,74 % salarial = 27,83 %, tope de 6.000 MAD para las prestaciones sociales

  • Retención en origen del IR según el baremo de 2026 y declaración anual de sueldos y salarios antes del 1 de marzo

  • SMIG 2026: 17,92 MAD por hora (3.422,72 MAD al mes); exenciones Tahfiz e Idmaj para las primeras contrataciones

Aviso legal:

la información facilitada en este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Le recomendamos consultar a un experto jurídico cualificado antes de tomar cualquier decisión. Charikaty pone a su disposición expertos para acompañarle: contáctenos para un asesoramiento gratuito.

La contratación se rige por tres marcos legales: el Código del Trabajo (Code du travail, Ley 65-99) para la relación contractual, el régimen de seguridad social (Dahir 1-72-184 de 27 de julio de 1972) y la Ley 65-00 (AMO) para la CNSS, y el Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026) para la retención en origen (retenue à la source) del IR sobre los salarios.

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Etapa 1: ¿está la sociedad preparada para contratar?

El empleador ya debe:

  • Estar inscrito en el Registro Mercantil por la secretaría del tribunal de comercio (greffe du tribunal de commerce; Ley 15-95) y disponer de su IF, de su ICE y de su identificador del impuesto profesional (taxe professionnelle) asignados por la DGI
  • Estar afiliado a la CNSS como empleador (Dahir 1-72-184) y disponer de un acceso a DAMANCOM: este trámite único y gratuito, realizado en el momento de la creación de la sociedad (la declaración de los asalariados pasa a ser obligatoria desde la primera contratación), se detalla en nuestra guía de la afiliación de la empresa a la CNSS
  • Suscribir un seguro de accidentes de trabajo con una aseguradora (Ley 18-12)
  • Prever un libro de nóminas (livre de paie), los anuncios obligatorios y, a partir de 10 asalariados, un reglamento interno (règlement intérieur) sometido a la inspección del trabajo

Con Charikaty, los dos primeros requisitos previos se tramitan desde la creación: la sociedad se inscribe en línea y la solicitud de afiliación a la CNSS se presenta en el marco de la creación, de modo que el número de afiliación está disponible para el primer contrato.

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Etapa 2: ¿cómo redactar el contrato de trabajo?

El contrato escrito, muy recomendable para un CDI (contrato de duración indefinida, contrat à durée indéterminée), se extiende en dos ejemplares, uno de los cuales se entrega al asalariado, que recibe también una tarjeta de trabajo (carte de travail); para un CDD (contrato de duración determinada, contrat à durée déterminée), la forma escrita es indispensable en la práctica, ya que debe indicar el motivo de recurso y el término. La remuneración prevista es al menos igual al SMIG, es decir, 17,92 MAD por hora en 2026.

El CDI es la forma ordinaria, el CDD solo es posible en los casos previstos por la Ley 65-99 (una empresa nueva puede celebrar un CDD de un año renovable una vez) y el período de prueba no puede superar 3 meses para un cuadro, 1,5 meses para un empleado y 15 días para un obrero, renovable una vez (artículo 14). Los casos de recurso, las menciones obligatorias y las cláusulas se detallan en nuestra guía del contrato de trabajo CDI, CDD y período de prueba.

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Etapa 3: ¿cómo inscribir al asalariado en la CNSS?

El empleador inscribe al asalariado en la CNSS desde la contratación (formulario de solicitud de inscripción, copia de la CIN, fotografía), salvo si este ya dispone de un número de inscripción obtenido con un empleador anterior, y después lo declara en la relación de declaración de salarios (bordereau de déclaration des salaires, BDS) del mes correspondiente.

Las cotizaciones de 2026 representan un 21,09 % a cargo del empleador y un 6,74 % retenido sobre el salario, con un tope mensual de 6.000 MAD para las prestaciones sociales: el detalle por rama figura en la guía del coste de un asalariado en Marruecos. Después, la declaración de los salarios y el pago de las cotizaciones se realizan cada mes en DAMANCOM, como se explica en las obligaciones del empleador ante la CNSS, y las sociedades recientes pueden aligerar estas cargas con el programa Tahfiz, presentado en nuestra guía de las ayudas a la contratación de la ANAPEC.

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Etapa 4: ¿cómo elaborar la primera nómina?

Para la primera nómina, el empleador entrega un recibo de salario (bulletin de paie), retiene las cotizaciones salariales y calcula el impuesto sobre la renta (Impôt sur le Revenu, IR) sobre el salario neto imponible (tras las cotizaciones salariales y la deducción por gastos profesionales), según el baremo progresivo del CGI 2026 (artículo 73). El empleador:

  • Ingresa el IR retenido a la DGI en el mes siguiente al pago (declaración telemática en SIMPL)
  • Presenta la declaración anual de sueldos y salarios antes del 1 de marzo (CGI, artículo 79)

El baremo, la reducción por cargas familiares y un ejemplo con cifras del bruto al neto figuran en el cálculo del coste de un asalariado y del IR; las exenciones del IR Tahfiz e Idmaj (artículo 57 del CGI) se detallan en la guía ANAPEC de las primeras contrataciones.

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Etapa 5: ¿qué registros y documentos hay que llevar?

El empleador lleva:

  • El libro de nóminas y las nóminas mensuales (menciones previstas por el Código del Trabajo)
  • El registro de vacaciones pagadas y el seguimiento de los reconocimientos médicos de contratación y periódicos (servicio médico propio obligatorio a partir de 50 asalariados)
  • Las declaraciones en DAMANCOM, los justificantes de pago de las cotizaciones y los contratos, conservados durante 10 años como justificantes (CGI, artículo 211)
  • La declaración de los accidentes de trabajo a la aseguradora en un plazo de 48 horas
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¿Qué normas sobre jornada laboral y vacaciones hay que respetar?

El Código del Trabajo (Ley 65-99) fija una jornada legal de 44 horas semanales en las actividades no agrícolas, horas extraordinarias con recargo, un descanso semanal de al menos 24 horas y unas vacaciones anuales pagadas de 1,5 días laborables por mes (18 días al año) tras seis meses de servicio. Estas normas se detallan en las normas del Código del Trabajo para el empleador.

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¿Qué hay que prever para la extinción del contrato de trabajo?

La dimisión, el despido (motivo válido y procedimiento), el preaviso (Decreto 2-04-469) y la indemnización legal por despido (de 96 a 240 horas de salario por año de antigüedad, artículo 53) obedecen a reglas estrictas. Se explican en nuestra guía del Código del Trabajo en Marruecos, con los plazos de impugnación y la indemnización por daños y perjuicios en caso de despido abusivo.

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¿Cómo contratar a un asalariado extranjero?

El contrato de trabajo de un asalariado extranjero debe ser visado por el ministerio encargado del Trabajo (contrato de trabajo de extranjero), previa expedición de un certificado de la ANAPEC que confirme la ausencia de candidato nacional para el puesto, salvo las dispensas previstas por los textos o por los convenios bilaterales. El asalariado extranjero se afilia a la CNSS en las mismas condiciones que un asalariado marroquí.

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¿Cómo simplifica Charikaty la contratación?

Estos son los pasos de una contratación legal. Con Charikaty, puede hacerlo todo en línea. Charikaty es una plataforma marroquí privada de legal-tech especializada en la creación de empresas 100 % en línea: creamos su sociedad a distancia, presentamos la solicitud de afiliación a la CNSS en el marco de la creación y, con nuestro servicio de contabilidad, le ponemos en contacto con nuestros colaboradores de nóminas y contabilidad para la redacción de los contratos, la inscripción de los asalariados, las declaraciones en DAMANCOM y la retención del IR. Los marroquíes residentes en el extranjero (MRE) que crean su sociedad desde el extranjero pueden así contratar en Marruecos sin desplazarse. Con Charikaty ya se han creado más de 250 sociedades.

11 · FAQ

FAQ: Contratación en Marruecos

¿Debe el contrato de trabajo constar por escrito?

La forma escrita no es una condición de validez del CDI, pero es muy recomendable: en ese caso, el contrato se extiende en dos ejemplares, uno de los cuales se entrega al asalariado junto con una tarjeta de trabajo. Para un CDD, la forma escrita es indispensable en la práctica, ya que indica el motivo de recurso y el término.

¿Cómo se inscribe a un nuevo asalariado en la CNSS?

El empleador inscribe al asalariado en la CNSS desde la contratación, con el formulario de solicitud de inscripción, una copia de la CIN y una fotografía, salvo si el asalariado ya tiene un número de inscripción. Después, lo declara en la relación de declaración de salarios del mes correspondiente.

¿Debe una pyme tener un reglamento interno?

Una pyme debe establecer un reglamento interno en cuanto emplee habitualmente a 10 asalariados o más; el reglamento interno se somete a la inspección del trabajo.

¿Retiene el empleador el IR sobre los salarios?

Sí. El empleador retiene el IR mensual según el baremo del CGI 2026, lo ingresa a la DGI en el mes siguiente y presenta la declaración anual de sueldos y salarios antes del 1 de marzo.

¿Se puede contratar a un asalariado extranjero en Marruecos?

Sí. El contrato de trabajo de un asalariado extranjero debe ser visado por el ministerio encargado del Trabajo, previa expedición de un certificado de la ANAPEC que confirme la ausencia de candidato nacional para el puesto, salvo dispensas; el asalariado se afilia a la CNSS como un asalariado marroquí.

Fuentes legales

9 textos · 3 fuentes oficiales · revisión oct 2027
Próxima revisión: oct 2027
  • Ley n.º 65-99 que constituye el Código del Trabajo (en particular los artículos 14, 16, 17, 53, 65, 184 y 231)

  • Decreto n.º 2-04-469 por el que se fija el plazo de preaviso

  • Dahir n.º 1-72-184 de 27 de julio de 1972 relativo al régimen de seguridad social

  • Ley n.º 65-00 relativa al Código de la cobertura médica básica (AMO)

  • Ley n.º 18-12 relativa a la reparación de los accidentes de trabajo

  • Código General de Impuestos (CGI 2026): artículos 56, 57, 73, 79, 156, 174 y 211

  • Ley n.º 9-88 relativa a las obligaciones contables de los comerciantes

  • Ley n.º 15-95 que constituye el Código de Comercio

  • Ley n.º 51-99 por la que se crea la ANAPEC (programas Tahfiz e Idmaj)

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Charikaty crea su sociedad en línea, presenta la solicitud de afiliación a la CNSS desde la creación y le pone en contacto con sus colaboradores de nóminas y contabilidad para sus primeras contrataciones.

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