¿Cuáles son los tipos del IS (impuesto sobre sociedades) en Marruecos en 2026?
En 2026, el tipo del IS en Marruecos es del 20 % para las sociedades cuyo beneficio neto fiscal es inferior a 100 M MAD, del 35 % a partir de ese umbral y del 40 % para las entidades de crédito, Bank Al-Maghrib, la CDG y las compañías de seguros y reaseguros (artículo 19 del CGI). Estos tipos proporcionales se aplican a la totalidad del beneficio neto fiscal, cualesquiera que sean la cifra de negocios y la forma societaria.
Lo esencial en 6 puntos
En resumenEl IS se rige por los artículos 1, 2, 6 y 19 del CGI 2026; las SA, SARL, SARL AU, SAS y las sucursales de sociedades extranjeras están sujetas a él
Convergencia LF 2023: alineación progresiva de los tipos a lo largo de cuatro ejercicios (2023-2026), completada en 2026
Tipos 2026: 20 % si el beneficio neto fiscal es inferior a 100 M MAD, 35 % a partir de 100 M MAD
Tipo específico: 40 % para las entidades de crédito y organismos asimilados, Bank Al-Maghrib, la CDG y las compañías de seguros y reaseguros
Tipo proporcional: el tipo del tramo alcanzado se aplica a todo el beneficio; el antiguo tipo reducido de los beneficios ≤ 300.000 MAD desapareció en 2026
El IS se acumula con la cotización mínima (art. 144 CGI) y, a partir de 1 M MAD de beneficio, con la contribución social de solidaridad prorrogada hasta 2028
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El impuesto sobre sociedades (IS) grava los beneficios de las sociedades marroquíes en aplicación de los artículos 1 y siguientes del Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026). Los tipos de 2026 son la culminación de la convergencia progresiva iniciada por la Ley de Finanzas 2023 a lo largo de cuatro ejercicios (2023 a 2026).
¿Qué sociedades están sujetas al IS en Marruecos?
El IS se aplica a los beneficios obtenidos por las sociedades y demás personas jurídicas enumeradas en el artículo 2 del CGI, en particular:
- Las sociedades de capital (SA, SARL, SARL AU, SAS), cualquiera que sea su objeto
- Los establecimientos públicos y demás personas jurídicas que ejerzan una actividad lucrativa
- Las sucursales de sociedades extranjeras, por sus beneficios de fuente marroquí
- Las sociedades colectivas (sociétés en nom collectif) y comanditarias simples de personas físicas, por opción (en su defecto, IR)
La base imponible (assiette) del IS es el resultado fiscal, es decir, el resultado contable corregido según el CGI (gastos deducibles del artículo 10, gastos no deducibles del artículo 11, amortizaciones, provisiones, traslado de las pérdidas [report des déficits]).
¿Cuáles son los tipos del IS en 2026 (artículo 19 del CGI)?
Desde la Ley de Finanzas 2023, el IS se basa en tipos proporcionales fijados en función del beneficio neto fiscal, alcanzados de forma escalonada de 2023 a 2026:
Tipo normal: ejercicio 2026
| Categoría | Tipo 2026 |
|---|---|
| Sociedades cuyo beneficio neto fiscal es inferior a 100.000.000 MAD | 20 % |
| Sociedades cuyo beneficio neto fiscal es igual o superior a 100.000.000 MAD | 35 % |
| Entidades de crédito y organismos asimilados, Bank Al-Maghrib, CDG, compañías de seguros y reaseguros | 40 % |
El tipo es proporcional y no progresivo: una sociedad que alcanza 100 M MAD de beneficio ve cómo la totalidad de su beneficio tributa al 35 %. El umbral se aprecia sobre el beneficio neto fiscal, no sobre la cifra de negocios.
Fin del tipo reducido para los pequeños beneficios
Antes de 2023, los beneficios que no superaban los 300.000 MAD tributaban al 10 %. Este tipo se elevó de forma escalonada hasta alcanzar el tipo único del 20 % en 2026: ya no existe un tipo preferente para las microempresas (TPE), cuyo alivio pasa por la exención de la cotización mínima durante los 36 primeros meses.
Tipo del impuesto retenido en origen (artículo 19-IV del CGI)
El IS también se percibe mediante retención en origen (retenue à la source) sobre los dividendos (11,25 % para las distribuciones de 2026, 10 % a partir del 1 de enero de 2027), los productos de inversiones de renta fija (20 %) y los productos brutos abonados a sociedades no residentes (10 %, sin perjuicio de los convenios fiscales). Las reglas de esta retención se detallan en la tributación de los dividendos en Marruecos.
¿Cómo han evolucionado los tipos del IS de 2023 a 2026?
La LF 2023 sustituyó el antiguo baremo (10 % / 20 % / 31 %, 37 % para el sector financiero) por una trayectoria anual que alcanza en 2026 los tipos objetivo indicados más arriba, con el fin de simplificar la fiscalidad, aligerar la carga de las pymes y alinear a las grandes sociedades con los estándares internacionales. Los escalones de cada año y su impacto se presentan en el historial de la convergencia de los tipos del IS 2023-2026.
¿Cuándo sustituye la cotización mínima al IS?
El artículo 144 del CGI instituye una cotización mínima (CM), impuesto mínimo (impôt plancher) adeudado por el ejercicio incluso en ausencia de beneficio (véase el funcionamiento de la cotización mínima):
- Base: cifra de negocios sin impuestos y productos accesorios y financieros
- Tipo: 0,25 % (tipo normal desde la LF 2023); 0,15 % para los productos de precio regulado (hidrocarburos, azúcar, harina, agua, electricidad, medicamentos, etc.); 6 % para las profesiones liberales sujetas al IR
- Mínimo: 3.000 MAD por ejercicio
- Exención: los 36 primeros meses siguientes al inicio de la explotación (como máximo 60 meses después de la constitución)
- Regla de pago: la sociedad paga el más elevado entre el IS y la CM; desde la LF 2016, el exceso de la CM sobre el IS ya no es imputable a los ejercicios siguientes
¿Qué exenciones y qué tipos específicos existen?
El artículo 6 del CGI prevé varias exenciones y tipos específicos, estrictamente regulados (autorización, compromisos, seguimiento):
- Zonas de Aceleración Industrial (ZAI), antiguas zonas francas (Ley 19-94 modificada): exención total durante 5 años y, después, 20 % desde 2026 (16,25 %, 17,5 % y 18,75 % durante la transición); véanse las ventajas de una sociedad en zona franca
- Casablanca Finance City (CFC) (decreto-ley n.º 2-20-665): exención durante 5 años a partir del primer ejercicio de concesión del estatuto y, después, 20 % (excepto entidades de crédito y aseguradoras)
- Sociedades exportadoras: ya no existe exención temporal desde la LF 2020; el beneficio tributa al tipo general, y las exportaciones siguen exentas de IVA (TVA) con derecho a deducción
- Explotaciones agrícolas: exención permanente cuando la cifra de negocios anual sea inferior a 5 M MAD
- Régimen matriz-filial (régime mère-fille): los dividendos percibidos de una sociedad residente sujeta al IS se benefician de una deducción del 100 % (art. 6-I-C-1°) y están exentos de retención en origen, previa presentación de un certificado de propiedad de los títulos
¿Cómo declarar y pagar el IS?
Declaración anual
De conformidad con el artículo 20 del CGI, la sociedad presenta cada año una declaración del resultado fiscal en los tres meses siguientes al cierre del ejercicio, junto con sus estados financieros (états de synthèse), mediante declaración telemática obligatoria en el portal SIMPL de la DGI. El calendario completo figura en las obligaciones fiscales de una nueva sociedad.
Sistema de pagos a cuenta
El artículo 170 del CGI prevé el pago del IS en forma de cuatro pagos a cuenta provisionales, cada uno igual al 25 % del IS del ejercicio anterior, abonados antes del final de cada trimestre, con regularización en el momento de la declaración. Una sociedad de nueva creación no abona pagos a cuenta durante su primer ejercicio, al no existir un ejercicio de referencia.
Contribución social de solidaridad
La CSS sobre los beneficios (art. 267 a 273 del CGI), prorrogada para 2026, 2027 y 2028 por la LF 2026, solo afecta a las sociedades cuyo beneficio neto alcance 1 M MAD, a tipos del 1,5 % al 5 % según el beneficio (véase la contribución social de solidaridad).
Conservación de los documentos
Los documentos contables y fiscales deben conservarse diez años de conformidad con el artículo 211 del CGI.
Sanciones por retraso
El artículo 184 del CGI prevé un recargo del 5 % (declaración presentada con menos de 30 días de retraso), del 15 % (por encima de ese plazo) o del 20 % (liquidación de oficio). El artículo 208 añade, para todo pago tardío, una penalización del 10 % y un recargo del 5 % el primer mes y, después, del 0,5 % por cada mes adicional.
¿Cómo simplifica Charikaty la gestión del IS?
Para estar al corriente con el IS, esto es lo que necesita: una sociedad inscrita con sus identificadores fiscales, un alta en SIMPL, el seguimiento de los pagos a cuenta y de la exención de la cotización mínima y, después, la declaración anual del resultado fiscal. Con Charikaty, usted lo hace todo en línea: como plataforma marroquí privada de legal-tech, creamos su sociedad 100 % en línea (SARL, SARL AU, SAS, SA), desde la firma electrónica de los estatutos hasta el depósito en la secretaría del tribunal de comercio, y le entregamos su extracto del Registro Mercantil con sus identificadores fiscales. Con nuestros colaboradores expertos contables (experts-comptables), nuestro servicio de contabilidad pone en marcha sus primeras obligaciones del IS: alta en SIMPL, pagos a cuenta, exención de la cotización mínima y declaración anual.
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FAQ: IS en Marruecos
¿Cuál es el tipo estándar del IS en Marruecos en 2026?
El tipo estándar del IS en Marruecos en 2026 es del 20 % para las sociedades cuyo beneficio neto fiscal es inferior a 100 M MAD y del 35 % a partir de ese umbral (artículo 19 del CGI). Este tipo se aplica a la totalidad del beneficio.
¿Sigue existiendo un tipo del IS preferente para las pequeñas sociedades?
No. El antiguo tipo del IS del 10 % sobre los beneficios que no superaban los 300.000 MAD se unificó con el tipo único del 20 % en 2026. Las sociedades de nueva creación se benefician, en cambio, de la exención de la cotización mínima durante sus 36 primeros meses de explotación.
¿Pagan los bancos un IS más elevado?
Sí. Las entidades de crédito, Bank Al-Maghrib, la CDG y las compañías de seguros y reaseguros están sujetas a un tipo del IS del 40 % desde el ejercicio 2026.
¿Está exenta del IS una sociedad exportadora?
No. Desde la LF 2020, las nuevas sociedades exportadoras ya no se benefician de una exención temporal del IS y tributan al tipo general (20 % por debajo de 100 M MAD de beneficio neto fiscal). Solo las sociedades en ZAI o con estatuto CFC conservan una exención de 5 años, seguida del tipo del 20 %.
¿Cuándo hay que presentar la declaración del IS?
La declaración del IS (declaración del resultado fiscal) se presenta en SIMPL en los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio (artículo 20 del CGI), es decir, a más tardar el 31 de marzo para un ejercicio cerrado a 31 de diciembre.
¿Cómo funcionan los pagos a cuenta del IS?
El artículo 170 del CGI prevé 4 pagos a cuenta trimestrales del IS, cada uno igual al 25 % del IS del ejercicio anterior, regularizados en la declaración anual. Una sociedad de nueva creación no abona ningún pago a cuenta durante su primer ejercicio.
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