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Cotización mínima (CM) en Marruecos en 2026: ¿cómo funciona el impuesto mínimo?

La cotización mínima (CM) (cotisation minimale) es el impuesto mínimo (impôt plancher) del artículo 144 del Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026): toda sociedad sujeta al impuesto sobre sociedades (IS) paga cada año el mayor importe entre el IS y la CM, calculada al 0,25 % de la cifra de negocios y de determinados ingresos, con un mínimo de 3.000 MAD, incluso en caso de déficit. Las sociedades nuevas están exentas durante los 36 primeros meses de explotación, con el límite de 60 meses tras su constitución.

Equipo jurídico de CharikatyExpertos en derecho de sociedades en Marruecos · Publicado el · Actualizado el

Lo esencial en 6 puntos

En resumen
  • Marco legal: artículo 144 del CGI 2026

  • Base: cifra de negocios sin IVA, otros ingresos de explotación, ingresos financieros (excluidos los dividendos), subvenciones y donaciones recibidas

  • Tipos: 0,25 % (régimen general); 0,15 % para determinados productos de precio regulado; 6 % para determinadas profesiones liberales sujetas al IR

  • Mínimo: 3.000 MAD por ejercicio para las sociedades, exigible incluso en caso de déficit; la sociedad paga el mayor importe entre el IS y la CM, sin traslado del exceso

  • Exención: 36 primeros meses de explotación, como máximo hasta el 60.º mes siguiente a la constitución

  • Pago: 4 pagos a cuenta del 25 % (artículo 170) y regularización en los 3 meses siguientes al cierre (artículo 20)

Aviso legal:

la información facilitada en este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Le recomendamos consultar a un experto contable cualificado antes de tomar cualquier decisión. Charikaty pone a su disposición expertos para acompañarle: contáctenos para un asesoramiento gratuito.

Desde la ley de finanzas 2016, el exceso de la CM sobre el IS ya no es imputable al IS de los ejercicios siguientes.

01

¿Qué es la cotización mínima y quién la paga?

Un impuesto mínimo sobre la cifra de negocios

La cotización mínima es el impuesto mínimo que toda sociedad sujeta al IS debe abonar, incluso en ausencia de beneficio. Se determina en función de la cifra de negocios y de determinados ingresos, y no del resultado fiscal. Afecta también a los contribuyentes sujetos al IR por rendimientos profesionales (regímenes del resultado neto real o simplificado), con un mínimo de 1.500 MAD.

El objetivo es doble:

  • Garantizar un rendimiento presupuestario estable, incluso para las sociedades con déficit o con escasos beneficios
  • Incitar a los contribuyentes a declarar fielmente sus resultados (la CM constituye un mínimo difícil de eludir)

Articulación con el IS

La sociedad calcula sucesivamente:

  • El IS sobre el resultado fiscal al tipo aplicable (artículo 19 del CGI: en 2026, 20 % si el beneficio neto es inferior a 100 M MAD, 35 % por encima, 40 % para el sector financiero, véase los tipos del IS en Marruecos en 2026)
  • La CM sobre la cifra de negocios y los ingresos imponibles (artículo 144 del CGI)

Abona el mayor de los dos importes. Si la CM excede del IS, la sociedad paga la CM y el exceso queda definitivamente adquirido por el Tesoro: la ley de finanzas 2016 suprimió el mecanismo de imputación de este exceso al IS de los ejercicios siguientes.

02

¿Cómo se calcula la cotización mínima (base, tipo, mínimo)?

Elementos de la base imponible

De conformidad con el artículo 144 del CGI, la base de la CM está constituida, sin IVA, por:

  • La cifra de negocios (ventas de bienes y de servicios) y los otros ingresos de explotación
  • Los ingresos financieros, con exclusión de los rendimientos de las acciones y participaciones sociales (dividendos) y rendimientos asimilados
  • Las subvenciones y donaciones recibidas del Estado, de las entidades territoriales y de terceros

Los ingresos por cesión de inmovilizado quedan excluidos de la base.

Tipos aplicables

TipoActividades afectadas
0,25 %Todas las actividades (tipo general desde la ley de finanzas 2023)
0,15 %Ventas de productos de precio regulado: productos petrolíferos, gas, mantequilla, aceite, azúcar, harina, agua, electricidad, medicamentos
6 %Profesiones liberales sujetas al IR (abogados, médicos, arquitectos, notarios, etc.); este tipo no afecta a las sociedades sujetas al IS

La ley de finanzas 2023, que también inició la convergencia de los tipos del IS 2023-2026, hizo del 0,25 % el tipo general de la CM.

Mínimo aplicable

El importe de la CM no puede ser inferior a 3.000 MAD por ejercicio para las sociedades (1.500 MAD para los contribuyentes sujetos al IR), aunque la aplicación del tipo a la base dé un resultado inferior.

03

¿Cuánto paga una sociedad según su cifra de negocios y su resultado?

Ejemplo 1: CM > IS

ElementoImporte
Cifra de negocios sin IVA4.000.000 MAD
Resultado fiscal40.000 MAD
CM = 4.000.000 × 0,25 %10.000 MAD
IS = 40.000 × 20 %8.000 MAD
Impuesto adeudado = máx.(CM; IS)10.000 MAD (los 2.000 MAD de diferencia no son trasladables)

Ejemplo 2: IS > CM

ElementoImporte
Cifra de negocios sin IVA2.000.000 MAD
Resultado fiscal500.000 MAD
CM = 2.000.000 × 0,25 %5.000 MAD
IS = 500.000 × 20 %100.000 MAD
Impuesto adeudado = máx.(CM; IS)100.000 MAD

Ejemplo 3: Sociedad con pérdidas

ElementoImporte
Cifra de negocios sin IVA1.600.000 MAD
Resultado fiscalPérdida de 50.000 MAD
CM = 1.600.000 × 0,25 %4.000 MAD
IS0 (pérdida)
Impuesto adeudado = máx.(CM; IS)4.000 MAD

Ejemplo 4: Aplicación del mínimo de 3.000 MAD

ElementoImporte
Cifra de negocios sin IVA400.000 MAD
CM teórica = 400.000 × 0,25 %1.000 MAD
Mínimo legal3.000 MAD
CM aplicada3.000 MAD
04

¿Cómo funciona la exención de los 36 primeros meses?

Ámbito y condiciones (artículo 144 del CGI)

Las sociedades, con excepción de las sociedades concesionarias de servicio público, están exentas de la CM durante los 36 primeros meses siguientes a la fecha de inicio de su explotación. Esta exención cesa, en cualquier caso, al expirar los 60 primeros meses siguientes a la fecha de constitución de la sociedad.

Características clave:

  • La exención es automática siempre que la sociedad esté regularmente constituida y haya presentado su declaración de existencia (déclaration d'existence) ante la DGI (artículo 148 del CGI)
  • El punto de partida es el inicio efectivo de la explotación (primera operación), y no la simple inscripción en el RC
  • Durante la exención, la sociedad solo paga el IS si obtiene beneficios; en caso de pérdidas, no se adeuda ningún impuesto, pero la declaración del resultado fiscal sigue siendo obligatoria
  • Al término del período, la CM vuelve a ser exigible en las condiciones del régimen general
Sociedad constituida en enero de 2026Fin de la exención de CM
Explotación iniciada en enero de 2026Diciembre de 2028 (36 meses)
Explotación iniciada en enero de 2029Diciembre de 2030 (límite de 60 meses tras la constitución, es decir, solo 24 meses de exención)

Articulación con la exención quinquenal del impuesto profesional

La CM (impuesto estatal sobre la cifra de negocios, artículo 144 del CGI) no se confunde con el impuesto profesional (taxe professionnelle; impuesto local sobre el valor locativo, Ley 47-06). Las dos exenciones son distintas y acumulables (véase la exención del impuesto profesional de 5 años):

ExenciónDuraciónTexto de referencia
Cotización mínima36 meses de explotación, como máximo 60 meses tras la constituciónArtículo 144 del CGI 2026
Impuesto profesional (antigua patente)5 años a partir del año de inicio de la actividadArtículo 6-II-1° de la Ley 47-06
05

¿Cómo y cuándo se paga la cotización mínima?

Cuatro pagos a cuenta provisionales (artículo 170 del CGI)

El impuesto adeudado (IS o CM) se abona en forma de 4 pagos a cuenta provisionales, cada uno igual al 25 % del impuesto adeudado por el último ejercicio cerrado. Los pagos a cuenta se abonan antes de que expire:

  • el 3.er mes siguiente a la apertura del ejercicio (1.er pago a cuenta)
  • el 6.º mes (2.º pago a cuenta)
  • el 9.º mes (3.er pago a cuenta)
  • el 12.º mes (4.º pago a cuenta)

A falta de ejercicio de referencia, una sociedad nueva solo abona sus primeros pagos a cuenta a partir de su segundo ejercicio.

Regularización

Al cierre, la sociedad presenta su declaración del resultado fiscal en los 3 meses siguientes al cierre (artículo 20 del CGI) y procede a la regularización:

  • Si los pagos a cuenta abonados son inferiores al impuesto adeudado (el mayor importe entre el IS y la CM), el complemento se abona espontáneamente
  • Si son superiores, el exceso se imputa a los pagos a cuenta siguientes y el remanente eventual se restituye
06

¿Es recuperable el exceso de cotización mínima?

Antes de 2016, la fracción de la CM que excedía del IS constituía un crédito imputable al IS de los tres ejercicios siguientes. La ley de finanzas 2016 suprimió este mecanismo para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016:

  • La CM pagada en exceso del IS queda definitivamente adquirida por el Tesoro
  • No puede ser ni trasladada, ni imputada al IS de los ejercicios siguientes, ni reembolsada
  • Los excesos de ingreso (pagos a cuenta superiores al impuesto adeudado) siguen siendo, por su parte, imputables a los pagos a cuenta siguientes

En la práctica, para una sociedad con escasos beneficios de forma duradera, la CM representa, por tanto, un coste fiscal real: hay que integrarla en el presupuesto desde el final del período de exención.

07

¿Qué sanciones se aplican en caso de retraso en el pago o en la declaración?

El impago o el pago tardío de la CM o de los pagos a cuenta conlleva, en virtud del artículo 208 del CGI, una penalización del 10 % y un recargo del 5 % por el primer mes de retraso y, después, del 0,5 % por mes o fracción de mes adicional. La presentación tardía o la falta de declaración del resultado fiscal conlleva, además, los recargos del artículo 184 del CGI, y se aplican sanciones complementarias en caso de maniobra fraudulenta.

08

¿Cómo anticipar la cotización mínima en el presupuesto?

  • Anticipar el fin de la exención (36.º mes de explotación o 60.º mes tras la constitución) en el presupuesto
  • Abonar los pagos a cuenta antes del final de los meses 3.º, 6.º, 9.º y 12.º para evitar las penalizaciones
  • Documentar el punto de partida de la explotación (primeras facturas, contratos, primeros actos comerciales)
  • Comparar cada año el IS y la CM: la CM pagada en exceso ya no es recuperable
  • Conservar los justificantes durante 10 años (artículo 211 del CGI)
  • Articular con los incentivos fiscales a la creación de empresas: ZAI (Ley 19-94), CFC (decreto-ley n.º 2-20-665), Carta de Inversión (Ley marco 03-22)
09

¿Cómo simplifica Charikaty la gestión de la cotización mínima?

Para gestionar correctamente la cotización mínima, esto es lo que necesita: una sociedad regularmente constituida que haya presentado su declaración de existencia, una fecha de inicio de la explotación documentada para la exención de 36 meses y, después, el cálculo anual de la CM, los pagos a cuenta y la regularización. Con Charikaty, usted lo hace todo en línea. Charikaty es una plataforma marroquí privada de legal-tech: creamos su sociedad 100 % en línea y ponemos en marcha sus primeras obligaciones fiscales (declaración de existencia, IF, ICE, impuesto profesional). Con nuestros colaboradores contables, nuestro servicio de contabilidad hace el seguimiento de la fecha de inicio de la explotación, que condiciona la exención de 36 meses, y después del cálculo de la CM, de la planificación de los pagos a cuenta (artículo 170) y de la regularización anual (artículo 20).

Con Charikaty ya se han creado más de 250 sociedades.

10 · FAQ

FAQ: Cotización mínima

¿Cuáles son los tipos de la cotización mínima?

Los tipos de la cotización mínima son del 0,25 % para la generalidad de las actividades, del 0,15 % para las ventas de determinados productos de precio regulado (productos petrolíferos, gas, mantequilla, aceite, azúcar, harina, agua, electricidad, medicamentos) y del 6 % para determinadas profesiones liberales sujetas al IR.

¿Tiene la cotización mínima un importe mínimo?

Sí, la cotización mínima no puede ser inferior a 3.000 MAD por ejercicio para las sociedades (1.500 MAD para los contribuyentes sujetos al IR), importe exigible incluso en caso de déficit.

¿Cuánto dura la exención de cotización mínima para una sociedad nueva?

Una sociedad de nueva creación está exenta de cotización mínima durante 36 meses a partir del inicio de la explotación, sin poder superar los 60 meses tras la constitución (artículo 144 del CGI). Las sociedades concesionarias de servicio público están excluidas.

Si la cotización mínima supera el IS, ¿qué ocurre con el exceso?

El exceso de cotización mínima sobre el IS se pierde definitivamente: desde la ley de finanzas 2016 (ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016), ya no es imputable al IS de los ejercicios siguientes.

¿Cómo se paga la cotización mínima?

La cotización mínima se paga mediante 4 pagos a cuenta del 25 % del impuesto adeudado por el ejercicio anterior (artículo 170 del CGI), con regularización en los 3 meses siguientes al cierre (artículo 20 del CGI), por pago telemático en SIMPL.

¿Paga la cotización mínima el autoemprendedor (auto-entrepreneur)?

No. El autoemprendedor (Ley 114-13) paga un IR liberatorio del 0,5 % o del 1 % de la cifra de negocios cobrada; no está sujeto ni al IS ni a la cotización mínima.

Fuentes legales

8 textos · 3 fuentes oficiales · revisión oct 2027
Próxima revisión: oct 2027
  • Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026): artículos 19 (tipos del IS), 20 (declaración en un plazo de 3 meses), 144 (cotización mínima), 148 (declaración de existencia), 170 (pagos a cuenta), 184 y 208 (sanciones), 211 (conservación)

  • Ley de finanzas 2016 (ley n.º 70-15): supresión de la imputación de la CM al IS de los ejercicios siguientes

  • Ley de finanzas 2023 (ley n.º 50-22) y siguientes: tipos de la CM y convergencia de los tipos del IS

  • Ley n.º 47-06 relativa a la fiscalidad de las entidades territoriales (articulación con el impuesto profesional, TP)

  • Ley n.º 114-13 relativa al estatuto del autoemprendedor

  • Ley n.º 19-94 relativa a las zonas de aceleración industrial

  • Decreto-ley n.º 2-20-665 de 30 de septiembre de 2020 (Casablanca Finance City), ratificado por la ley n.º 70-20, que derogó y sustituyó a la ley n.º 44-10

  • Ley marco n.º 03-22 que constituye la Carta de Inversión (Charte de l'Investissement)

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Charikaty crea su sociedad en línea y pone en marcha sus primeras obligaciones fiscales; con nuestros colaboradores contables, hacemos el seguimiento de la exención de cotización mínima de los 36 primeros meses (artículo 144 del CGI), de sus pagos a cuenta y de su regularización anual.

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