Exención del impuesto profesional de 5 años: ¿quién se beneficia en Marruecos en 2026?
Toda actividad profesional de nueva creación en Marruecos se beneficia de una exención total del impuesto profesional (taxe professionnelle, TP), la antigua «patente», durante 5 años a partir del año de inicio de la actividad (artículo 6-II-1° de la Ley n.º 47-06 relativa a la fiscalidad de las entidades territoriales), salvo determinadas actividades excluidas (bancos, aseguradoras, agencias inmobiliarias). Esta exención es automática, siempre que se presente ante la DGI la declaración de inscripción (déclaration d'inscription) en los 30 días siguientes al inicio de la actividad y, después, la declaración de los elementos imponibles (déclaration des éléments imposables).
Lo esencial en 6 puntos
En resumenBase legal: artículo 6-II-1° de la Ley 47-06 relativa a la fiscalidad de las entidades territoriales
Duración: 5 años a partir del año de inicio de la actividad (el año de inicio cuenta como el primero)
Beneficiarios: toda persona física o jurídica, marroquí o extranjera, que ejerza una actividad profesional nueva (sociedades, comerciantes, artesanos, profesiones liberales)
Exclusiones: entidades de crédito, Bank Al-Maghrib, CDG, aseguradoras (salvo los intermediarios), agencias inmobiliarias, cambios de titular de la explotación y traspasos de actividad
Condiciones: declaración de inscripción ante la DGI en un plazo de 30 días (artículo 12) y declaración de los elementos imponibles antes del 31 de enero del año siguiente (artículo 13)
Al término de los 5 años, el TP se devenga sobre el valor locativo al tipo del 10 %, 20 % o 30 % según la clase
la información facilitada en este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Le recomendamos consultar a un experto jurídico cualificado antes de tomar cualquier decisión. Charikaty pone a su disposición expertos para acompañarle: contáctenos para un asesoramiento gratuito.
No es necesario dirigir ninguna solicitud al municipio, y un simple cambio de titular de la explotación o un traspaso de actividad no constituye una creación.
¿Quién se beneficia de la exención de 5 años y quién queda excluido?
Disposición de referencia
El artículo 6-II-1° de la Ley 47-06 concede una exención total temporal del TP a toda actividad profesional de nueva creación, durante un período de 5 años que se computa a partir del año de inicio de dicha actividad. Durante el mismo período, la exención abarca también los terrenos, construcciones, materiales y herramientas nuevos adquiridos durante la explotación, directamente o mediante arrendamiento financiero (crédit-bail).
Esta medida incentivadora tiene por objeto:
- Aliviar la tesorería de las empresas de nueva creación
- Fomentar la creación de empresas y el emprendimiento
Beneficiarios
Dado que el TP lo adeuda toda persona física o jurídica, de nacionalidad marroquí o extranjera, que ejerza una actividad profesional en Marruecos (artículo 5), la exención beneficia indistintamente:
- A las sociedades de nueva creación (SARL, SARL AU, SAS, SA), incluidas las filiales de grupos marroquíes o extranjeros y las sociedades creadas a distancia por MRE o por no residentes
- A los comerciantes individuales y artesanos inscritos
- A las profesiones liberales (abogados, médicos, arquitectos, expertos contables…)
- A los autoemprendedores (auto-entrepreneurs) regidos por la Ley 114-13, cuya actividad también es nueva
La exención es independiente de la clase de la actividad (C1, C2 o C3), sin perjuicio de las actividades excluidas que se indican a continuación.
Exclusiones
La exención no se aplica:
- Al cambio de titular de la explotación (adquisición de un fondo de comercio, adquisición de una clientela) ni al traspaso de actividad, que la ley no considera creaciones
- A las entidades de crédito y organismos asimilados, a Bank Al-Maghrib y a la Caisse de Dépôt et de Gestion
- A las empresas de seguros y reaseguros, con excepción de los intermediarios de seguros
- A las agencias inmobiliarias
- A los establecimientos de las empresas que no tienen su sede en Marruecos, adjudicatarias de contratos de obras, de suministros o de servicios
El espíritu del texto apunta a las creaciones efectivas, no a las reestructuraciones. Una cesión de participaciones sociales no crea una actividad nueva: la sociedad simplemente conserva el resto de su período de exención. Del mismo modo, una filial solo está exenta si ejerce una actividad realmente nueva: si se limita a retomar una actividad ya ejercida por su sociedad matriz, se trata de un traspaso de actividad, excluido de la exención.
¿Cuándo empieza y cuándo termina la exención?
Fecha de inicio
El punto de partida es el año de inicio efectivo de la actividad (apertura del establecimiento, primer acto profesional o comercial). Esta fecha la declara el contribuyente en su declaración de inscripción ante el servicio de impuestos (artículo 12 de la Ley 47-06).
Cómputo de los 5 años
La exención abarca el año de inicio de la actividad y los 4 años siguientes, es decir, 5 años naturales, sea cual sea el mes de inicio: una actividad iniciada en diciembre «consume», por tanto, un año entero de exención.
| Ejemplo | Período exento |
|---|---|
| Inicio de la actividad: junio de 2026 | Años 2026, 2027, 2028, 2029 y 2030 |
| TP exigible a partir de | El año 2031 |
Como el TP se devenga por el año entero según la situación existente en el mes de enero, el primer aviso de liquidación se refiere al año 2031.
¿Qué declaraciones hay que presentar para beneficiarse de ella?
Declaración de inscripción (artículo 12 de la Ley 47-06)
Para beneficiarse de la exención, el contribuyente presenta una declaración de inscripción en el padrón del TP (rôle) en un plazo máximo de 30 días a partir del inicio de la actividad, ante el servicio de impuestos (DGI) del que depende el establecimiento. Se le asigna un número de identificación del TP. La declaración indica:
- La identidad completa y la situación jurídica (forma, capital, gerencia)
- La naturaleza y el lugar de ejercicio de la actividad
- La clase de la actividad según la nomenclatura anexa a la Ley 47-06
- Los elementos imponibles (locales, materiales, instalaciones)
- La fecha de inicio de la actividad
Declaración de los elementos imponibles (artículo 13)
A continuación, la sociedad declara sus elementos imponibles (locales, materiales, herramientas) a más tardar el 31 de enero del año siguiente al de inicio de la actividad, por vía electrónica, y después en caso de cambio. Esta obligación se aplica durante la exención: permite a la administración fijar la base que servirá a partir del sexto año.
Carácter automático
La exención es automática siempre que estas declaraciones estén en regla. El contribuyente no tiene que presentar ninguna solicitud específica y el municipio no interviene: la DGI aplica la exención y no emite ningún aviso de liquidación del TP (avis d'imposition) durante los 5 primeros años. Esta ausencia de aviso acredita que la exención se aplica. Conserve la declaración de inscripción, el certificado de inscripción en el impuesto profesional (attestation d'inscription à la taxe professionnelle) y sus declaraciones de los elementos imponibles. La tasa de servicios municipales (taxe de services communaux), que también se basa en el valor locativo, se rige por sus propias normas; verifique con su contable si sus locales siguen sujetos a ella.
Coordinación con el Registro Mercantil y el ICE
En el momento de la creación de la sociedad:
- La inscripción en el Registro Mercantil (Registre du Commerce) la acuerda la secretaría del tribunal de comercio (greffe du tribunal de commerce; Ley 15-95)
- La DGI asigna el identificador fiscal (IF), el ICE (identificador de 15 dígitos, Decreto n.º 2-11-63) y el identificador del impuesto profesional, sobre la base de la información del expediente de creación
- La Ley 88-17 permite realizar estas formalidades por vía electrónica: con Charikaty, obtiene en línea su extracto del RC y sus identificadores IF, ICE y TP, sin desplazarse
¿Qué ocurre al final de los 5 años?
Al término de los 5 años, el TP pasa a ser exigible según las normas de derecho común de la Ley 47-06: se calcula sobre el valor locativo al tipo del 30 %, 20 % o 10 % según la clase (artículo 9-I), con una cuota mínima (droit minimum) por clase (artículo 9-II), como detalla el cálculo del impuesto profesional en Marruecos. Por ejemplo, una oficina alquilada por 60.000 MAD al año para una actividad de clase 2 da lugar a un TP de 12.000 MAD (60.000 × 20 %).
No hay que realizar ningún trámite específico al final de la exención: el contribuyente recibe su primer aviso de liquidación correspondiente al sexto año siguiente al inicio de la actividad, que puede pagar en línea en el portal SIMPL de la DGI.
¿Con qué otras ventajas de inicio de actividad es acumulable?
La exención quinquenal del TP es acumulable con otros mecanismos de inicio de actividad:
- Exención de la cotización mínima (CM) durante los 36 primeros meses de explotación, con el límite de 60 meses después de la constitución (artículo 144 del CGI): ambos regímenes son distintos y acumulables (véase la exención de la cotización mínima)
- Exención del IVA (TVA) con derecho a deducción de los bienes de inversión adquiridos durante los 36 primeros meses de actividad (artículo 92 del CGI)
- Regímenes específicos de las zonas de aceleración industrial (Ley 19-94: exención del TP durante 15 años, véanse las ventajas de una sociedad en zona franca) y de Casablanca Finance City (decreto-ley n.º 2-20-665 de 30 de septiembre de 2020, ratificado por la ley n.º 70-20, que derogó y sustituyó a la ley n.º 44-10)
- Primas a la inversión de la Carta de Inversión (Charte de l'Investissement; Ley marco 03-22) para los proyectos admisibles
¿Qué riesgos hay si se olvidan las declaraciones?
Aunque la exención sea automática, la falta de presentación o la presentación tardía de la declaración de inscripción o de los elementos imponibles, la omisión de elementos imponibles o la declaración falsa conllevan:
- Un recargo del 15 % previsto por la Ley 47-06, calculado sobre el impuesto adeudado o sobre el que se habría adeudado de no existir la exención
- La liquidación retroactiva (rappel) del impuesto si la actividad no cumple las condiciones (adquisición, traspaso, actividad excluida)
- Las sanciones y recargos por demora del Código de Recaudación de los Créditos Públicos (Code de Recouvrement des Créances Publiques, Ley 15-97) en caso de pago tardío tras el período de exención
¿Cómo asegura Charikaty su exención de 5 años?
Para beneficiarse de la exención de 5 años, esto es lo que necesita: un identificador del TP asignado por la DGI, la declaración de inscripción en los 30 días siguientes al inicio de la actividad y la declaración de los elementos imponibles antes del 31 de enero del año siguiente. Con Charikaty, lo hace todo en línea: como plataforma marroquí privada de legal-tech, creamos su sociedad 100 % en línea (certificado negativo de la OMPIC, estatutos firmados mediante firma electrónica avanzada, depósito en la secretaría del tribunal de comercio) y le entregamos su extracto del Registro Mercantil con sus identificadores IF, ICE y TP expedidos por la DGI. Con nuestros colaboradores contables, nuestro servicio de contabilidad pone en marcha sus primeras obligaciones fiscales, entre ellas la declaración de los elementos imponibles, y verifica la aplicación efectiva de la exención quinquenal.
Con Charikaty ya se han creado más de 250 sociedades.
FAQ: Exención quinquenal del TP
¿Es automática la exención del impuesto profesional?
Sí, la exención de 5 años del impuesto profesional es automática siempre que la declaración de inscripción (artículo 12 de la Ley 47-06) se presente en los 30 días siguientes al inicio de la actividad. No es necesario dirigir ninguna solicitud al municipio.
¿Cuántos años están exentos del impuesto profesional?
La exención del impuesto profesional abarca 5 años a partir del año de inicio de la actividad, es decir, el año de inicio y los 4 siguientes (artículo 6-II-1° de la Ley 47-06).
¿Se beneficia de la exención una autoempresa (Ley 114-13)?
Sí. Como toda actividad nueva, el autoemprendedor está exento del impuesto profesional durante 5 años; su régimen simplificado solo afecta al impuesto sobre la renta (0,5 % o 1 % de la cifra de negocios cobrada).
¿Está exenta una sociedad creada por un MRE o por un inversor extranjero?
Sí. La exención del impuesto profesional no depende ni de la nacionalidad ni de la residencia de los socios: solo cuenta la creación de una actividad nueva en Marruecos.
¿Da derecho a la exención la adquisición de un fondo de comercio?
No. La adquisición de un fondo de comercio es un cambio de titular de la explotación, que no es una creación en el sentido del artículo 6-II-1° de la Ley 47-06 y, por tanto, no da derecho a la exención del impuesto profesional.
¿Qué ocurre si se olvida la declaración de inscripción?
Olvidar la declaración de inscripción en el impuesto profesional expone a un recargo del 15 % calculado sobre el impuesto que se habría adeudado sin la exención. Hay que regularizar la situación cuanto antes ante el servicio de impuestos.
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