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Contribución social de solidaridad (CSS) en Marruecos: ¿quién paga y cuánto en 2026?

La contribución social de solidaridad (CSS) sobre los beneficios la adeudan, además del IS, las sociedades cuyo beneficio neto fiscal alcanza 1.000.000 MAD, a un tipo proporcional comprendido entre el 1,5 % y el 5 % aplicado a la totalidad del beneficio (artículos 267 a 273 del Código General de Impuestos, CGI). La Ley de Finanzas 2026 (ley n.º 50-25) la prorrogó para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, con las mismas modalidades que las vigentes a 31 de diciembre de 2025, y se declara y se paga en los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio. Las sociedades cuyo beneficio es inferior a este umbral, como es el caso de la gran mayoría de las microempresas y pymes (TPE y PME), no están sujetas a ella.

Equipo jurídico de CharikatyExpertos en derecho de sociedades en Marruecos · Publicado el · Actualizado el

Lo esencial en 6 puntos

En resumen
  • Textos: artículos 267 a 273 del CGI, prórroga para 2026, 2027 y 2028 por la Ley de Finanzas 2026 (ley n.º 50-25)

  • Ámbito: sociedades sujetas al IS cuyo beneficio neto fiscal sea igual o superior a 1.000.000 MAD; personas físicas acogidas al régimen del resultado neto real cuyo beneficio alcance el mismo umbral

  • Tipos proporcionales: 1,5 % de 1 M a menos de 5 M MAD; 2,5 % de 5 M a menos de 10 M MAD; 3,5 % de 10 M a menos de 40 M MAD; 5 % a partir de 40 M MAD, aplicados a la totalidad del beneficio

  • Acumulación con el IS: la CSS se suma al IS (20 %, 35 % o 40 % según el artículo 19 del CGI) y no es deducible del resultado fiscal

  • Declaración y pago: en los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio, mediante declaración y pago telemáticos en SIMPL

  • Sanciones: recargos por declaración fuera de plazo (artículo 184 del CGI) y penalizaciones por pago fuera de plazo (artículo 208 del CGI)

Aviso legal:

la información facilitada en este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Dado que el régimen puede ser modificado por cada Ley de Finanzas, le recomendamos consultar a un experto contable (expert-comptable) cualificado y remitirse a la Ley de Finanzas vigente para el ejercicio de que se trate antes de cualquier aplicación. Charikaty pone a su disposición expertos para acompañarle: contáctenos para un asesoramiento gratuito.

01

¿De dónde viene la CSS y para qué sirve?

Marco histórico

La CSS fue instituida por la Ley de Finanzas n.º 115-12 para el año 2013 como contribución excepcional y temporal (ejercicios 2013 a 2015), dirigida a las sociedades con mayores beneficios y a determinadas rentas elevadas. Posteriormente se reintrodujo en formas sucesivas:

Ley de FinanzasEjercicios cubiertosPrincipales características
LF 2013 (ley n.º 115-12)2013 a 2015Sociedades con beneficios elevados y personas físicas con rentas altas
LF 2019 (ley n.º 80-18)2019 y 2020Sociedades cuyo beneficio neto alcanza 40 M MAD, tipo del 2,5 %
LF 2021 (ley n.º 65-20)2021Umbral reducido a 1 M MAD, baremo del 1,5 % al 3,5 %; personas físicas a partir de 240.000 MAD de renta
LF 2022 (ley n.º 76-21)2022Renovación y adaptación del régimen
LF 2023 (ley n.º 50-22)2023 a 2025Baremo actual del 1,5 % al 5 % en cuatro tramos; personas físicas en el régimen del resultado neto real a partir de 1 M MAD
LF 2026 (ley n.º 50-25)2026 a 2028Prórroga en las mismas condiciones que en 2025

Su codificación en los artículos 267 a 273 del CGI le confiere un marco estable, ya que cada Ley de Finanzas puede prorrogar, ajustar o derogar sus parámetros (umbrales, tipos, duración de aplicación).

Lógica del régimen

La CSS responde a una lógica de solidaridad fiscal:

  • Hacer participar a las sociedades con beneficios muy elevados más allá del IS ordinario
  • Captar una parte de la renta en los sectores especialmente rentables (servicios financieros, telecomunicaciones, determinadas industrias)
  • Contribuir a la financiación de las políticas sociales, en particular la generalización de la protección social (AMO, ayudas sociales directas)
02

¿Qué sociedades deben pagar la CSS?

Sociedades afectadas

La CSS la adeudan las sociedades sujetas al IS, sin perjuicio de las exclusiones indicadas a continuación, cuyo beneficio neto fiscal del último ejercicio cerrado sea igual o superior a 1.000.000 MAD (artículo 267 del CGI).

No están sujetas a la CSS:

  • Las sociedades exentas del IS de forma permanente (artículo 6-I-A del CGI)
  • Las sociedades que ejercen sus actividades en las zonas de aceleración industrial y las sociedades de servicios que tienen el estatuto Casablanca Finance City (exclusiones previstas por el artículo 267 del CGI; a verificar para cada ejercicio en la nota circular [note circulaire] de la DGI)
  • Las sociedades cuyo beneficio neto fiscal es inferior a 1.000.000 MAD, lo que incluye la mayoría de las sociedades de nueva creación y las sociedades con pérdidas
  • Las empresas sujetas al IR fuera del régimen del resultado neto real (régimen del resultado neto simplificado, contribución profesional única [contribution professionnelle unique], autoemprendedor [auto-entrepreneur])

El umbral se aprecia ejercicio por ejercicio: una sociedad puede estar sujeta un año y dejar de estarlo el año siguiente.

03

¿Cómo se acumula la CSS con el IS?

La reforma estructural LF 2023

La Ley de Finanzas 2023 emprendió una reforma de los tipos del IS a lo largo de 4 ejercicios (2023 a 2026), descrita en nuestra guía sobre la convergencia de los tipos del IS 2023-2026. En 2026, el IS es del 20 % por debajo de 100.000.000 MAD de beneficio neto fiscal, del 35 % a partir de ese umbral y del 40 % para las entidades de crédito, Bank Al-Maghrib, la CDG y las compañías de seguros y reaseguros (artículo 19 del CGI), como detalla nuestra guía sobre los tipos del IS en Marruecos en 2026.

La CSS no ha sido absorbida por esta reforma; se acumula con el IS al tipo del 20 %, 35 % o 40 %. Para una sociedad que obtenga 50 M MAD de beneficio, la carga combinada alcanza así el 20 % de IS y el 5 % de CSS, es decir, el 25 % del beneficio neto fiscal.

Lectura combinada

Para un ejercicio determinado, la sociedad debe leer conjuntamente:

TextoObjeto
Artículo 19 del CGITipo del IS aplicable
Artículos 267 a 273 del CGIÁmbito, base, tipos, declaración y pago de la CSS
Ley de Finanzas del añoPrórroga o adaptación de la CSS (artículo 273: período de aplicación)

Al haber fijado la Ley de Finanzas 2026 el período de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2028, los parámetros que figuran a continuación se aplican a los ejercicios 2026, 2027 y 2028, salvo nueva modificación legislativa.

04

¿Cuál es el tipo de la CSS en 2026?

Base imponible (sociedades)

La base de la CSS es el beneficio neto fiscal que sirve para el cálculo del IS, es decir, el resultado fiscal del último ejercicio cerrado tras la imputación de las pérdidas compensables (déficits reportables; artículo 268 del CGI). Se trata del beneficio antes del IS, y no del resultado neto contable.

Baremo 2026

Los tipos son proporcionales y no progresivos por tramos: el tipo del tramo alcanzado se aplica a la totalidad del beneficio neto (artículo 269 del CGI).

Beneficio neto fiscal (MAD)Tipo de la CSS
Menos de 1.000.000No sujeto
De 1.000.000 a menos de 5.000.0001,5 %
De 5.000.000 a menos de 10.000.0002,5 %
De 10.000.000 a menos de 40.000.0003,5 %
40.000.000 o más5 %

Ejemplo: una sociedad cuyo beneficio neto fiscal de 2026 asciende a 6.000.000 MAD adeuda una CSS de 150.000 MAD (6.000.000 × 2,5 %), además del IS de 1.200.000 MAD (20 %). Una sociedad cuyo beneficio es de 999.999 MAD no adeuda nada.

Carácter no deducible

La CSS no es deducible del resultado fiscal. Si se ha contabilizado como gasto, debe reintegrarse en el estado de conciliación del resultado contable con el resultado fiscal (état de passage). Tampoco se imputa al IS ni a la cotización mínima (cotisation minimale).

05

¿Cómo declarar y pagar la CSS?

Modalidades generales

  • La CSS la calcula la propia sociedad sobre la base del beneficio neto fiscal declarado para el IS
  • Es objeto de una declaración específica presentada por vía electrónica (SIMPL-IS) en los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio (artículo 270 del CGI), es decir, antes del 31 de marzo para un ejercicio cerrado a 31 de diciembre, al mismo tiempo que la declaración del resultado fiscal (artículo 20 del CGI)
  • Se paga espontáneamente en el mismo plazo, mediante pago telemático (artículo 271 del CGI), sin pagos a cuenta durante el ejercicio

Para las personas físicas afectadas, la declaración y el ingreso espontáneo se efectúan en SIMPL-IR antes del 1 de junio del año siguiente.

Sanciones de derecho común

En caso de omisión, retraso o insuficiencia:

  • Declaración fuera de plazo o incompleta: recargo del 5 % si el retraso no excede de 30 días, del 15 % si lo excede y del 20 % en caso de liquidación de oficio (imposition d'office) (artículo 184 del CGI)
  • Pago fuera de plazo: penalización del 10 % (reducida al 5 % si el pago se realiza en un plazo de 30 días), recargo del 5 % por el primer mes de retraso y, después, del 0,5 % por mes o fracción de mes adicional (artículo 208 del CGI)
  • Sanciones complementarias en caso de ocultación o fraude
06

¿Cómo anticipar la CSS?

Vigilancia legislativa

Dado que la CSS se renueva por períodos (actualmente hasta el 31 de diciembre de 2028), es esencial:

  • Seguir cada Ley de Finanzas anual y sus disposiciones sobre la CSS
  • Leer la nota circular de la DGI que comenta la Ley de Finanzas
  • Anticipar las obligaciones del ejercicio siguiente desde la elaboración de las cuentas previsionales

Anticipación presupuestaria

Para las sociedades que puedan alcanzar el umbral de 1 M MAD:

  • Simular la carga IS + CSS sobre la base de las disposiciones vigentes, teniendo en cuenta el efecto umbral (un beneficio de 5.000.000 MAD tributa al 2,5 % sobre la totalidad, frente al 1,5 % con 4.999.999 MAD)
  • Provisionar la carga en los estados financieros previsionales y en la tesorería de marzo
  • Coordinar con la política de inversión y de amortización, ya que los gastos deducibles reducen el beneficio neto fiscal y, por tanto, la base imponible, con estricto respeto del CGI

Articulación con los regímenes de incentivos

Los regímenes especiales influyen en el IS y, en algunos casos, en el ámbito de la CSS:

RégimenImpacto
Zonas de Aceleración Industrial (Ley 19-94)IS: exención durante 5 años y después 20 %; sociedades excluidas del ámbito de la CSS (artículo 267 del CGI)
Casablanca Finance City (decreto-ley n.º 2-20-665)IS: exención durante 5 años y después 20 %; sociedades de servicios con estatuto CFC excluidas del ámbito de la CSS
Carta de la Inversión (Ley marco 03-22)Primas a la inversión sin incidencia en la CSS
Exportadores de serviciosIS de derecho común al 20 % en 2026; CSS adeudada a partir del umbral

Estos regímenes se presentan en nuestras guías sobre los incentivos fiscales para la creación de empresas y sobre el estatuto Casablanca Finance City.

07

¿Qué obligaciones contables permiten justificar la CSS?

  • Conservación de los justificantes y de las declaraciones durante 10 años (artículo 211 del CGI; Ley 9-88)
  • Llevanza de la contabilidad conforme a la Ley 9-88 y al CGI (véanse las obligaciones contables de las sociedades en Marruecos); a partir de 2026, fichero electrónico de asientos contables conforme al dictamen n.º 24 del Consejo Nacional de Contabilidad (Conseil National de la Comptabilité)
  • Justificación del beneficio neto fiscal, de las pérdidas imputadas y de las reintegraciones en caso de inspección
08

¿Cómo simplifica Charikaty la gestión de la CSS?

Para crear una sociedad y mantenerla al día con la CSS, esto es lo que necesita: una sociedad debidamente inscrita, una contabilidad que determine el beneficio neto fiscal y unas declaraciones telemáticas en SIMPL dentro de plazo. Con Charikaty, lo hace todo en línea. Charikaty es una plataforma marroquí privada de legal-tech que crea su sociedad 100 % en línea (SARL, SARL AU, SAS, SA) y le acompaña después en su cumplimiento jurídico. Con Charikaty ya se han creado más de 250 sociedades. Para la CSS, nuestro servicio de contabilidad le pone en contacto con expertos contables inscritos en el OEC (Ley 15-89) que se encargan de la vigilancia de las Leyes de Finanzas, de la simulación de la carga combinada IS + CSS y de las declaraciones telemáticas en SIMPL dentro de plazo. Para una sociedad de nueva creación, el umbral de 1 M MAD de beneficio no suele alcanzarse en los primeros años: le ayudamos a anticipar el momento en que se alcanzará.

09 · FAQ

FAQ: Contribución Social de Solidaridad

¿Sigue siendo aplicable la CSS en 2026?

Sí, la CSS se aplica en 2026: la Ley de Finanzas 2026 (ley n.º 50-25) prorrogó la contribución social de solidaridad sobre los beneficios y las rentas para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, en las mismas condiciones que las aplicables a 31 de diciembre de 2025.

¿Qué sociedades están afectadas?

La CSS la adeudan las sociedades sujetas al IS cuyo beneficio neto fiscal del último ejercicio cerrado sea igual o superior a 1.000.000 MAD, con exclusión de las sociedades exentas del IS de forma permanente, de las sociedades instaladas en una zona de aceleración industrial y de las sociedades de servicios con estatuto CFC (artículo 267 del CGI).

¿Debe pagar la CSS una sociedad pequeña o de nueva creación?

No, una sociedad pequeña o de nueva creación no paga la CSS mientras su beneficio neto fiscal siga siendo inferior a 1.000.000 MAD. Una sociedad con pérdidas nunca está sujeta a ella, a diferencia de la cotización mínima.

¿Cuál es el tipo aplicable?

El tipo de la CSS es proporcional y se aplica a la totalidad del beneficio neto: 1,5 % de 1 M a menos de 5 M MAD, 2,5 % de 5 M a menos de 10 M MAD, 3,5 % de 10 M a menos de 40 M MAD y 5 % a partir de 40 M MAD.

¿Es deducible la CSS del resultado fiscal?

No, la CSS no es deducible del resultado fiscal: se suma al IS y debe reintegrarse si se ha contabilizado como gasto.

¿Cómo se declara la CSS?

La CSS es objeto de una declaración específica presentada telemáticamente en SIMPL y se paga espontáneamente en los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio (artículos 270 y 271 del CGI), es decir, antes del 31 de marzo para un ejercicio que coincida con el año natural.

Fuentes legales

9 textos · 3 fuentes oficiales · revisión oct 2027
Próxima revisión: oct 2027
  • Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026): artículos 267 a 273 (Contribución Social de Solidaridad sobre los beneficios y las rentas: ámbito, base, tipos, declaración, pago, período de aplicación), artículo 19 (tipos del IS), artículo 20 (declaración del resultado fiscal), artículo 144 (cotización mínima), artículo 184 (recargos por declaración fuera de plazo), artículo 208 (penalizaciones por pago fuera de plazo), artículo 211 (conservación durante 10 años)

  • Ley de Finanzas n.º 50-25 para el año 2026: prórroga de la CSS para 2026, 2027 y 2028

  • Ley de Finanzas n.º 50-22 para el año 2023: baremo actual de la CSS (2023 a 2025) y reforma de la convergencia de los tipos del IS

  • Leyes de Finanzas n.º 115-12 (2013), 80-18 (2019), 65-20 (2021) y 76-21 (2022): versiones anteriores del régimen

  • Ley n.º 9-88 relativa a las obligaciones contables de los comerciantes

  • Ley n.º 19-94 relativa a las Zonas de Aceleración Industrial

  • Decreto-ley n.º 2-20-665 de 30 de septiembre de 2020 (Casablanca Finance City), ratificado por la ley n.º 70-20, que derogó y sustituyó a la ley n.º 44-10

  • Ley marco n.º 03-22 que constituye la Carta de la Inversión (Charte de l'Investissement)

  • Notas circulares de la DGI que comentan las Leyes de Finanzas (en particular, la nota circular relativa a la LF 2026)

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