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¿Cómo pagar a un proveedor extranjero desde Marruecos en 2026?

Para pagar a un proveedor extranjero desde Marruecos, una sociedad debe recurrir obligatoriamente a un banco marroquí autorizado por Bank Al-Maghrib, que ejecuta la mayoría de los pagos sin autorización previa de la Office des Changes, contra presentación de los justificantes previstos por la Instrucción General de Operaciones de Cambio (Instruction Générale des Opérations de Change, IGOC) 2026. Para mercancías, la importación se domicilia primero en el banco, antes del despacho de aduanas, y el IVA a la importación lo percibe la aduana. Para servicios, el banco paga contra factura, sin tope de dotación, y la sociedad abona el IVA del 20 % por cuenta del prestador (artículo 115 del CGI), con una posible retención en origen del 10 %.

Equipo jurídico de CharikatyExpertos en derecho de sociedades en Marruecos · Publicado el · Actualizado el

Lo esencial en 6 puntos

En resumen
  • Marco cambiario: Office des Changes e IGOC 2026, en vigor desde el 1 de enero de 2026

  • Canal obligatorio: banco marroquí autorizado por Bank Al-Maghrib (Ley 103-12), sin autorización previa para las operaciones corrientes

  • Mercancías: compromiso de importación (engagement d'importation) domiciliado a través de PortNet, despacho de aduanas (DUM en BADR), derechos e IVA a la importación percibidos por la aduana

  • Servicios: transferencia contra factura sin tope de dotación; IVA del 20 % abonado por cuenta del no residente (artículo 115 CGI); posible retención en origen del 10 % (artículos 15 y 19-IV CGI)

  • Justificantes: factura, contrato, documentos aduaneros, aviso de cargo, conservados 10 años (artículo 211 CGI)

  • Neobancos extranjeros: no autorizados por Bank Al-Maghrib, no utilizables para una sociedad residente

Aviso legal:

la información facilitada en este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Le recomendamos consultar a un experto cualificado antes de tomar cualquier decisión. Charikaty pone a su disposición expertos para acompañarle: contáctenos para un asesoramiento gratuito.

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¿Qué normas se aplican según la naturaleza del pago?

Naturaleza de la operaciónRégimen IGOCDocumentos clave
Importación de bienesCompromiso de importación (o licencia para los productos sujetos a restricción) domiciliado en el bancoFactura, contrato u orden de pedido, documento de transporte, certificado de origen, DUM
Importación de serviciosTransferencia delegada en los bancos, sin tope de dotaciónFactura, contrato en su caso, justificante de realización
Compras en línea con tarjetaDotación e-commerce de la sociedadFactura o confirmación de pedido
Cánones (marcas, patentes, software)Importación de servicios, sobre la base de un contratoContrato de licencia, inscripción en la OMPIC en su caso, retención en origen
Asistencia técnicaImportación de servicios, sobre la base de un contratoContrato, entregables, retención en origen
Dividendos de socios extranjerosGarantía de transferencia de la inversión extranjeraFormule 2 de la aportación en divisas, acta de la junta general ordinaria (PV d'AGO), recibo de la retención en origen

Cada régimen tiene sus propias condiciones; solo las compras con tarjeta están limitadas por una dotación anual, presentada en nuestra guía sobre la dotación e-commerce para pagar Google, Meta y AWS. La transferencia de los dividendos a los socios extranjeros se rige, por su parte, por la garantía vinculada a la inversión extranjera en una sociedad marroquí.

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¿Cómo pagar a un proveedor de mercancías?

Toda importación de mercancías que dé lugar a un pago se domicilia en un banco marroquí antes del despacho de aduanas. El importador suscribe un compromiso de importación (o una licencia de importación para los productos sujetos a restricción) en PortNet, la plataforma de desmaterialización de los procedimientos del comercio exterior; el banco lo domicilia y le asigna un número que se recoge en la declaración en aduana. Los requisitos previos para importar (Registro Mercantil, ICE, autorizaciones sectoriales) se presentan en nuestra guía sobre las condiciones de importación y exportación en Marruecos.

Etapas principales

  1. Celebración del contrato o de la orden de pedido con el proveedor, precisando el Incoterm
  2. Suscripción y domiciliación del compromiso de importación a través de PortNet
  3. Despacho de aduanas a la llegada: DUM (declaración única de mercancías) presentada en el sistema BADR de la Administración de Aduanas e Impuestos Indirectos (Administration des Douanes et Impôts Indirects, ADII), en general por un transitario autorizado; pago de los derechos de importación, del IVA a la importación (20 % como regla general, CGI art. 121 y siguientes) y de la tasa parafiscal a la importación (0,25 %)
  4. Pago al proveedor por el banco (transferencia, remesa documentaria o crédito documentario), al contado o a plazo, estando los anticipos antes de la expedición regulados por la IGOC
  5. Liquidación (apurement) del expediente: el banco concilia la DUM imputada con los pagos y, después, rinde cuentas a la Office des Changes

Documentos habitualmente requeridos

  • Factura comercial del proveedor
  • Contrato u orden de pedido
  • Conocimiento de embarque (B/L), LTA o CMR según el modo de transporte
  • Certificado de origen para beneficiarse de los derechos reducidos de un acuerdo de libre comercio
  • DUM y recibos de los derechos e impuestos
  • Certificado de seguro según el Incoterm
  • Las autorizaciones sectoriales para los productos regulados (ONSSA, sanidad, etc.)
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¿Cómo pagar a un prestador de servicios extranjero?

Las importaciones de servicios (consultoría, desarrollo informático, alojamiento, estudios, asistencia técnica, licencias) las paga el banco contra factura, y contra contrato cuando la naturaleza del servicio lo exige, sin autorización previa de la Office des Changes ni tope de dotación. En cambio, las pequeñas compras en línea pagadas con tarjeta internacional se rigen por la dotación e-commerce de la sociedad.

En el plano fiscal, se aplican dos obligaciones:

  • IVA: cuando el prestador no tiene representante fiscal en Marruecos, la sociedad abona el IVA del 20 % por cuenta de este (artículo 115 del CGI) en su declaración mensual o trimestral y, después, lo deduce en las condiciones del artículo 101 (IVA pagado, factura a nombre de la sociedad, gasto afectado a la explotación). El mecanismo es, en principio, neutro para la tesorería.
  • Retención en origen: las cantidades abonadas a un no residente por servicios utilizados en Marruecos, asistencia técnica o cánones están, en principio, sujetas a una retención del 10 % en concepto del IS (artículos 5-II, 15 y 19-IV del CGI), ingresada en el mes siguiente al pago, salvo convenio fiscal más favorable (certificado de residencia fiscal del prestador).

El olvido de estas obligaciones expone a regularizaciones (redressements) en caso de inspección fiscal.

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¿Cuál es el papel del banco domiciliatario?

El banco autorizado por Bank Al-Maghrib (Ley 103-12):

  • Verifica la regularidad documental de la operación con respecto a la IGOC
  • Realiza las diligencias KYC / LBC-FT (Ley 43-05 modificada por la Ley 12-18)
  • Domicilia los compromisos de importación e imputa cada pago al régimen adecuado
  • Ejecuta la transferencia internacional y expide el aviso de cargo y la fórmula de cambio
  • Transmite los informes a la Office des Changes y liquida los expedientes de importación

Los gastos bancarios (comisión de cambio, gastos SWIFT, comisiones de domiciliación y de crédito documentario) varían según las entidades.

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¿Cómo influyen los Incoterms en el pago?

Los Incoterms 2020, publicados por la Cámara de Comercio Internacional (ICC), reparten entre vendedor y comprador las obligaciones, costes y riesgos:

IncotermTransporte a cargo deSeguro a cargo deLugar de transmisión de los riesgos
EXW (Ex Works)CompradorCompradorLocales del vendedor
FOB (Free On Board)Comprador (transporte marítimo principal)CompradorA bordo del buque en el puerto de embarque
CIF (Cost, Insurance, Freight)Vendedor (hasta el puerto de llegada)VendedorA bordo del buque en el puerto de embarque
DDP (Delivered Duty Paid)Vendedor (hasta el destino)VendedorEn el lugar de entrega convenido

El Incoterm determina el precio facturado, los gastos accesorios que deben pagarse (flete, seguro) y el valor en aduana, que incluye el transporte y el seguro hasta la entrada en Marruecos.

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¿Hay que utilizar una carta de crédito?

El crédito documentario (reglas UCP 600 de la ICC) asegura la operación: el banco se compromete a pagar al proveedor contra la presentación de documentos conformes (B/L, factura, certificado de origen, etc.). Es útil para los importes elevados o los nuevos proveedores; la remesa documentaria, menos costosa, ofrece una garantía menor. Las comisiones varían según los bancos.

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¿Se puede pagar desde una cuenta en divisas o una CDC?

Las sociedades que disponen de ingresos de exportación o de aportaciones en divisas de inversores no residentes pueden pagar a sus proveedores desde:

  • Una cuenta en divisas alimentada con una parte de sus ingresos de exportación, según las modalidades de la IGOC
  • Una CDC (cuenta en dírhams convertibles) para las operaciones admisibles

Estos regímenes se detallan en nuestra guía sobre la cuenta en dírhams convertibles en Marruecos.

09

¿Cuánto tiempo hay que conservar los justificantes de pago?

Las facturas, los contratos, los compromisos de importación domiciliados, las DUM, los avisos de cargo, las fórmulas de cambio, las declaraciones de retención en origen y las actas de la junta general ordinaria se conservan durante 10 años (artículo 211 CGI; Ley 9-88), en papel o en un soporte electrónico que garantice su integridad y su valor probatorio.

10

¿Se puede pagar a un proveedor a través de Wise o Revolut?

Los neobancos extranjeros (Wise, Revolut, etc.) no disponen de una autorización de Bank Al-Maghrib para llevar la cuenta de una sociedad residente. No pueden servir como canal de pago: el pago se realiza necesariamente a través de un banco marroquí.

11

¿Qué sanciones se aplican en caso de pago irregular?

Las infracciones de la normativa cambiaria (pago fuera del circuito bancario, declaración falsa, falta de domiciliación o de liquidación) se sancionan conforme al Dahir de 30 de agosto de 1949 relativo a la represión de las infracciones de la normativa cambiaria: multas, decomiso y, en los casos graves, acciones penales, pudiendo la Office des Changes celebrar una transacción. Las irregularidades aduaneras se rigen por el Código de Aduanas (Code des douanes), y las omisiones de IVA o de retención en origen, por el CGI. La regularización se realiza mediante un expediente de puesta en conformidad (dossier de mise en conformité) presentado ante la Office des Changes, a través del banco. Las sanciones fiscales, sociales y jurídicas más generales se presentan en nuestra guía sobre las sanciones por incumplimiento normativo de las empresas en Marruecos.

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¿Cómo le ayuda Charikaty a pagar a sus proveedores extranjeros conforme a la normativa?

Charikaty es una plataforma marroquí privada de legal-tech especializada en la creación de sociedades en línea. Esto es lo que necesita para pagar a un proveedor extranjero conforme a la normativa: una sociedad inscrita cuyo objeto social abarque sus compras, una cuenta en un banco marroquí y los justificantes de cada operación. Con Charikaty, la creación de la sociedad se hace íntegramente en línea, por la vía más sencilla y rápida: realizamos las formalidades de creación de su sociedad (certificado negativo de la OMPIC, estatutos firmados electrónicamente, depósito en la secretaría del tribunal de comercio, obtención del IF, del ICE y del impuesto profesional [taxe professionnelle] ante la DGI, afiliación a la CNSS), con un objeto social que abarque sus importaciones.

Para la domiciliación de las importaciones, el IVA, la retención en origen y la liquidación de los expedientes, nuestro servicio de contabilidad le orienta hacia expertos contables (experts-comptables) inscritos en el OEC (Ley 15-89); los pagos en sí los ejecuta su banco. Con Charikaty ya se han creado más de 250 sociedades.

13 · FAQ

FAQ: Pagos a proveedores extranjeros

¿Cuál es el canal legal para pagar a un proveedor no residente?

Un proveedor no residente se paga obligatoriamente a través de un banco marroquí autorizado por Bank Al-Maghrib (Ley 103-12), que aplica la IGOC 2026 de la Office des Changes.

¿Se necesita una autorización previa de la Office des Changes para cada pago?

No. Las importaciones de bienes debidamente domiciliadas y las importaciones de servicios justificadas las paga directamente el banco. Solo las operaciones no previstas por la IGOC exigen una autorización particular de la Office des Changes.

¿Existe un tope para pagar servicios en el extranjero?

No para las transferencias contra factura por concepto de importaciones de servicios. Solo los pagos con tarjeta internacional están limitados por la dotación e-commerce de la sociedad.

¿Cómo se trata el IVA en una compra a un proveedor extranjero?

Para bienes, el IVA a la importación lo percibe la ADII en el despacho de aduanas y, después, la sociedad lo deduce en las condiciones del artículo 101 del CGI. Para servicios, la sociedad abona el IVA del 20 % por cuenta del prestador no residente (artículo 115 del CGI) y, a continuación, lo deduce en las mismas condiciones.

¿Hay que practicar una retención en origen sobre los pagos al extranjero?

En principio, sí: se aplica una retención del 10 % a los servicios utilizados en Marruecos, a la asistencia técnica y a los cánones abonados a un no residente (artículos 15 y 19-IV del CGI), salvo convenio fiscal más favorable.

¿Qué hacer en caso de un pago efectuado fuera del canal oficial?

Un pago efectuado fuera del circuito bancario debe regularizarse sin demora mediante una puesta en conformidad ante la Office des Changes, a través del banco y con la asistencia de un asesor.

Fuentes legales

10 textos · 2 fuentes oficiales · revisión oct 2027
Próxima revisión: oct 2027
  • Office des Changes: Instrucción General de Operaciones de Cambio (IGOC 2026), en vigor desde el 1 de enero de 2026

  • Dahir de 30 de agosto de 1949 relativo a la represión de las infracciones de la normativa cambiaria

  • Ley n.º 91-14 relativa al comercio exterior (que sustituyó a la Ley n.º 13-89)

  • Código de Aduanas e Impuestos Indirectos (Code des douanes et impôts indirects; Dahir con rango de ley n.º 1-77-339 de 9 de octubre de 1977)

  • Ley n.º 103-12 relativa a las entidades de crédito y organismos asimilados; Bank Al-Maghrib: supervisión prudencial

  • Ley n.º 43-05 relativa a la lucha contra el blanqueo de capitales, modificada por la Ley n.º 12-18

  • Ley n.º 9-88 relativa a las obligaciones contables de los comerciantes; Ley n.º 15-89 relativa a la profesión de experto contable

  • Ley n.º 43-20 relativa a los servicios de confianza para las transacciones electrónicas

  • Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026): artículos 5-II y 15 (rentas de los no residentes), 19-IV (tipo de la retención en origen), 101 y 106 (derecho a deducción), 115 (IVA adeudado por cuenta de los no residentes), 121 y siguientes (IVA a la importación), 145 (menciones de las facturas), 211 (conservación durante 10 años)

  • Reglas de la ICC: Incoterms 2020; UCP 600 (créditos documentarios)

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