Estatuto del gerente en Marruecos en 2026: ¿asalariado o no asalariado?
En Marruecos, el estatuto del gerente depende sobre todo del reparto del capital: el gerente minoritario o paritario de una SARL puede ser asalariado y estar afiliado al régimen general de la CNSS (27,83 % de cotizaciones en 2026), mientras que el gerente mayoritario o socio único, a falta de vínculo de subordinación, está sujeto en principio a los regímenes de los trabajadores no asalariados. En ambos casos, la retribución del gerente de una SARL tributa en el IR en la categoría de rentas salariales (sueldos y salarios), con retención en origen por parte de la sociedad.
Lo esencial en 5 puntos
En resumenEl directivo puede ser asalariado (mandato y, en su caso, contrato de trabajo) o gerente no asalariado (solo mandato)
Gerente minoritario o paritario de SARL: puede ser asalariado y estar afiliado al régimen general de la CNSS (21,09 % patronal + 6,74 % salarial = 27,83 %)
Gerente mayoritario o socio único: sin vínculo de subordinación; está sujeto en principio al AMO de los independientes (Ley 98-15) y al régimen de pensiones (Ley 99-15), lo que debe verificarse ante la CNSS
Fiscalidad: retribución del gerente de SARL gravada en el IR como renta salarial, con retención en origen
La elección depende de la protección social deseada, del coste y del gobierno de la sociedad
la información facilitada en este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Le recomendamos consultar a un experto jurídico cualificado antes de tomar cualquier decisión. Charikaty pone a su disposición expertos para acompañarle: contáctenos para un asesoramiento gratuito.
Por tanto, el directivo de una sociedad mercantil puede ser asalariado de su sociedad (régimen general de la CNSS) o gerente no asalariado (retribuido únicamente en virtud de su mandato). Los textos aplicables son el Código del Trabajo (Ley 65-99), el Dahir 1-72-184 sobre la seguridad social, la Ley 98-15 (AMO de los independientes), la Ley 99-15 (régimen de pensiones) y el CGI 2026.
¿Qué estatuto corresponde según la situación del gerente?
| Caso | Régimen social | Marco |
|---|---|---|
| Gerente minoritario, paritario o no socio de SARL, retribuido | Asalariado: régimen general de la CNSS | Dahir 1-72-184; Ley 65-00 (AMO) |
| Gerente mayoritario de SARL | No asalariado en principio (sin subordinación): regímenes de los trabajadores no asalariados, que deben verificarse ante la CNSS | Ley 98-15 (AMO), Ley 99-15 (pensiones) |
| Gerente socio único de SARL AU | No asalariado en principio, como el gerente mayoritario | Ley 98-15, Ley 99-15 |
| Presidente de SAS / SAS de socio único retribuido | Variable según los estatutos y la situación de hecho | Debe analizarse caso por caso |
| Administrador de SA que percibe únicamente dietas de asistencia | Sin vinculación automática al régimen de los asalariados | Debe analizarse caso por caso |
En todos los casos, la retribución del gerente de una SARL tributa en el IR en la categoría de rentas salariales (artículo 56 del CGI).
¿Cuál es el estatuto del gerente no asalariado?
La Ley 98-15 (AMO de los independientes) y la Ley 99-15 (régimen de pensiones de los trabajadores no asalariados), aplicadas en el marco de la generalización de la protección social, organizan la cobertura de los independientes ante la CNSS. Estos regímenes se aplican a las categorías de trabajadores no asalariados designadas por decreto.
Cotizaciones
Las cotizaciones de los trabajadores no asalariados adeudadas a la CNSS se calculan sobre una renta a tanto alzado fijada por categoría profesional, de conformidad con los decretos de aplicación. Dan derecho a:
- El AMO de los independientes (Ley 98-15)
- El régimen de pensiones de los independientes (Ley 99-15)
La vinculación de un gerente mayoritario a una de estas categorías no es automática: conviene verificar ante la CNSS el régimen aplicable a su situación (categoría, renta de referencia) antes de poner fin a cualquier otra cobertura.
¿Cuándo puede ser asalariado el gerente?
El gerente minoritario, paritario o no socio puede estar afiliado al régimen general de la CNSS por su retribución. Si acumula un contrato de trabajo, este requiere:
- Un contrato de trabajo escrito distinto del mandato
- Funciones técnicas distintas de las funciones de dirección
- Un vínculo de subordinación real: reporting, control, sanciones disciplinarias
- Una retribución distinta correspondiente a las funciones asalariadas
Cotizaciones
El gerente asalariado cotiza al régimen general de la CNSS (Dahir 1-72-184) en 2026:
- 21,09 % a cargo de la sociedad
- 6,74 % a su cargo
- es decir, 27,83 % en total
- con un tope mensual de 6.000 MAD para las prestaciones sociales
Se beneficia de la misma cobertura que los demás asalariados (prestaciones familiares, a corto plazo y a largo plazo, AMO, indemnización por pérdida de empleo). El cálculo detallado de estas cargas figura en la guía del coste de un asalariado en Marruecos (CNSS y AMO).
¿Cómo elegir entre gerente asalariado y no asalariado?
| Criterio | Gerente asalariado | Gerente no asalariado |
|---|---|---|
| Vínculo de subordinación | Necesario para un contrato de trabajo (funciones técnicas) | No necesario |
| Cotizaciones | Régimen general (27,83 % en total) | Regímenes de los trabajadores no asalariados (Ley 98-15, Ley 99-15), sobre renta a tanto alzado |
| Protección social | Amplia (régimen general) | Cobertura de los independientes (AMO, jubilación) |
| Fiscalidad | IR rentas salariales (retención en origen) | IR rentas salariales (retención en origen) |
| Forma adecuada | Gerente minoritario o paritario de SARL, SA, SAS con funciones técnicas | SARL AU, gerente mayoritario |
El gerente socio también puede ser retribuido mediante dividendos: estos no soportan cotizaciones sociales, pero están sujetos a una retención en origen del 11,25 % en 2026 (10 % a partir de 2027), después del IS (consulte la tributación de los dividendos en Marruecos).
¿Cuáles son los riesgos de recalificación del estatuto?
Una calificación errónea puede ser impugnada por la CNSS, la DGI o los tribunales. La recalificación puede conllevar:
- La recuperación retroactiva de las cotizaciones adeudadas (o la denegación de las prestaciones)
- Sanciones y recargos
- Una revisión de la tributación en el IR
Por tanto, es esencial:
- Documentar claramente las funciones técnicas distintas del mandato
- Formalizar un contrato de trabajo con horario, retribución y vínculo de subordinación reales
- Someter a la aprobación de la junta de socios la retribución del gerente y los convenios entre la sociedad y el directivo
¿Qué estatuto tiene el presidente de una SAS?
La SAS y la SAS de socio único se rigen por la Ley 5-96 modificada y completada por la Ley 19-20, con una amplia libertad estatutaria. El estatuto social del presidente de SAS depende de los estatutos, de los convenios y de la calificación fáctica del vínculo (subordinación o mandato puro). Conviene analizarlo caso por caso, en particular cuando el presidente es también el socio principal.
¿Cómo le ayuda Charikaty a elegir el estatuto del gerente?
Charikaty es una plataforma marroquí privada de legal-tech especializada en la creación y el cumplimiento normativo de las sociedades. Esto es lo que necesita para fijar el estatuto del gerente: un reparto del capital coherente con el estatuto social deseado, unos estatutos y una decisión de retribución del gerente y, después, la adscripción correcta a la CNSS. Con Charikaty, los estatutos, la decisión de retribución y la solicitud de afiliación a la CNSS se preparan en línea. Con nuestro servicio de creación de SARL en línea, le ayudamos a elegir la forma y el reparto del capital adecuados al estatuto social deseado, redactamos los estatutos y la decisión de retribución del gerente, y presentamos en línea la solicitud de afiliación de la empresa a la CNSS en el marco de la creación. Con Charikaty ya se han creado más de 250 sociedades. Para las nóminas y las declaraciones, le orientamos hacia expertos contables colaboradores.
FAQ: Estatuto del gerente en Marruecos
¿Puede ser asalariado el gerente único de una SARL AU?
Difícilmente: para el gerente socio único de una SARL AU, la ausencia de otro socio hace que el vínculo de subordinación sea casi imposible de acreditar. En la práctica, es no asalariado y está sujeto a los regímenes de los trabajadores no asalariados, lo que debe verificarse ante la CNSS.
¿Se beneficia del AMO el gerente no asalariado?
El gerente no asalariado puede beneficiarse del AMO en el marco de la Ley 98-15 cuando su situación corresponde a una categoría cubierta por decreto, según el baremo de esa categoría. Verifique ante la CNSS el régimen que le es aplicable.
¿Cuánto suponen las cotizaciones CNSS de un gerente asalariado?
Las cotizaciones CNSS de un gerente asalariado suponen el 27,83 % en total en 2026 (21,09 % patronal + 6,74 % salarial), con un tope mensual de 6.000 MAD para las prestaciones sociales.
¿Se pueden acumular mandato social y contrato de trabajo?
Sí, el gerente puede acumular su mandato social y un contrato de trabajo siempre que exista un vínculo de subordinación real sobre funciones técnicas distintas de las funciones de dirección, lo que en la práctica excluye al gerente mayoritario.
¿Cómo se califica la retribución del presidente de una SAS?
La retribución del presidente de una SAS depende de los estatutos y de las modalidades: puede ser una retribución del mandato social o un salario si existe un contrato de trabajo válido para funciones técnicas. En ambos casos, tributa en el IR.
¿Se utiliza oficialmente en Marruecos el término «TNS»?
No, «TNS» es una noción francesa: el derecho marroquí habla de trabajadores no asalariados y de independientes, cubiertos por la Ley 98-15 y la Ley 99-15. La expresión «gerente no asalariado» designa al directivo retribuido sin contrato de trabajo.
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