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Estatuto del gerente en Marruecos en 2026: ¿asalariado o no asalariado?

En Marruecos, el estatuto del gerente depende sobre todo del reparto del capital: el gerente minoritario o paritario de una SARL puede ser asalariado y estar afiliado al régimen general de la CNSS (27,83 % de cotizaciones en 2026), mientras que el gerente mayoritario o socio único, a falta de vínculo de subordinación, está sujeto en principio a los regímenes de los trabajadores no asalariados. En ambos casos, la retribución del gerente de una SARL tributa en el IR en la categoría de rentas salariales (sueldos y salarios), con retención en origen por parte de la sociedad.

Equipo jurídico de CharikatyExpertos en derecho de sociedades en Marruecos · Publicado el · Actualizado el

Lo esencial en 5 puntos

En resumen
  • El directivo puede ser asalariado (mandato y, en su caso, contrato de trabajo) o gerente no asalariado (solo mandato)

  • Gerente minoritario o paritario de SARL: puede ser asalariado y estar afiliado al régimen general de la CNSS (21,09 % patronal + 6,74 % salarial = 27,83 %)

  • Gerente mayoritario o socio único: sin vínculo de subordinación; está sujeto en principio al AMO de los independientes (Ley 98-15) y al régimen de pensiones (Ley 99-15), lo que debe verificarse ante la CNSS

  • Fiscalidad: retribución del gerente de SARL gravada en el IR como renta salarial, con retención en origen

  • La elección depende de la protección social deseada, del coste y del gobierno de la sociedad

Aviso legal:

la información facilitada en este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Le recomendamos consultar a un experto jurídico cualificado antes de tomar cualquier decisión. Charikaty pone a su disposición expertos para acompañarle: contáctenos para un asesoramiento gratuito.

Por tanto, el directivo de una sociedad mercantil puede ser asalariado de su sociedad (régimen general de la CNSS) o gerente no asalariado (retribuido únicamente en virtud de su mandato). Los textos aplicables son el Código del Trabajo (Ley 65-99), el Dahir 1-72-184 sobre la seguridad social, la Ley 98-15 (AMO de los independientes), la Ley 99-15 (régimen de pensiones) y el CGI 2026.

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¿Qué diferencia hay entre mandato social y contrato de trabajo?

El mandato social (gerencia de una SARL, presidencia de una SAS, administración de una SA) resulta de los estatutos y de las decisiones de los socios o accionistas (Ley 5-96 para la SARL, Ley 17-95 para la SA, Ley 5-96 modificada y completada por la Ley 19-20 para la SAS). Su retribución se fija en los estatutos (consulte redactar los estatutos de una sociedad en Marruecos) o mediante una decisión de los socios.

Un contrato de trabajo puede añadirse al mandato cuando el directivo ejerce, además de sus funciones de dirección, funciones técnicas distintas bajo un vínculo de subordinación (por ejemplo, un gerente que es también director técnico asalariado). Esta acumulación solo resulta creíble si el directivo no controla por sí solo las decisiones de la sociedad. La elección y la redacción del contrato se detallan en el contrato de trabajo en Marruecos: CDI, CDD y período de prueba.

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¿Qué estatuto corresponde según la situación del gerente?

CasoRégimen socialMarco
Gerente minoritario, paritario o no socio de SARL, retribuidoAsalariado: régimen general de la CNSSDahir 1-72-184; Ley 65-00 (AMO)
Gerente mayoritario de SARLNo asalariado en principio (sin subordinación): regímenes de los trabajadores no asalariados, que deben verificarse ante la CNSSLey 98-15 (AMO), Ley 99-15 (pensiones)
Gerente socio único de SARL AUNo asalariado en principio, como el gerente mayoritarioLey 98-15, Ley 99-15
Presidente de SAS / SAS de socio único retribuidoVariable según los estatutos y la situación de hechoDebe analizarse caso por caso
Administrador de SA que percibe únicamente dietas de asistenciaSin vinculación automática al régimen de los asalariadosDebe analizarse caso por caso

En todos los casos, la retribución del gerente de una SARL tributa en el IR en la categoría de rentas salariales (artículo 56 del CGI).

03

¿Cuál es el estatuto del gerente no asalariado?

La Ley 98-15 (AMO de los independientes) y la Ley 99-15 (régimen de pensiones de los trabajadores no asalariados), aplicadas en el marco de la generalización de la protección social, organizan la cobertura de los independientes ante la CNSS. Estos regímenes se aplican a las categorías de trabajadores no asalariados designadas por decreto.

Cotizaciones

Las cotizaciones de los trabajadores no asalariados adeudadas a la CNSS se calculan sobre una renta a tanto alzado fijada por categoría profesional, de conformidad con los decretos de aplicación. Dan derecho a:

  • El AMO de los independientes (Ley 98-15)
  • El régimen de pensiones de los independientes (Ley 99-15)

La vinculación de un gerente mayoritario a una de estas categorías no es automática: conviene verificar ante la CNSS el régimen aplicable a su situación (categoría, renta de referencia) antes de poner fin a cualquier otra cobertura.

04

¿Cuándo puede ser asalariado el gerente?

El gerente minoritario, paritario o no socio puede estar afiliado al régimen general de la CNSS por su retribución. Si acumula un contrato de trabajo, este requiere:

  • Un contrato de trabajo escrito distinto del mandato
  • Funciones técnicas distintas de las funciones de dirección
  • Un vínculo de subordinación real: reporting, control, sanciones disciplinarias
  • Una retribución distinta correspondiente a las funciones asalariadas

Cotizaciones

El gerente asalariado cotiza al régimen general de la CNSS (Dahir 1-72-184) en 2026:

  • 21,09 % a cargo de la sociedad
  • 6,74 % a su cargo
  • es decir, 27,83 % en total
  • con un tope mensual de 6.000 MAD para las prestaciones sociales

Se beneficia de la misma cobertura que los demás asalariados (prestaciones familiares, a corto plazo y a largo plazo, AMO, indemnización por pérdida de empleo). El cálculo detallado de estas cargas figura en la guía del coste de un asalariado en Marruecos (CNSS y AMO).

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¿Cómo elegir entre gerente asalariado y no asalariado?

CriterioGerente asalariadoGerente no asalariado
Vínculo de subordinaciónNecesario para un contrato de trabajo (funciones técnicas)No necesario
CotizacionesRégimen general (27,83 % en total)Regímenes de los trabajadores no asalariados (Ley 98-15, Ley 99-15), sobre renta a tanto alzado
Protección socialAmplia (régimen general)Cobertura de los independientes (AMO, jubilación)
FiscalidadIR rentas salariales (retención en origen)IR rentas salariales (retención en origen)
Forma adecuadaGerente minoritario o paritario de SARL, SA, SAS con funciones técnicasSARL AU, gerente mayoritario

El gerente socio también puede ser retribuido mediante dividendos: estos no soportan cotizaciones sociales, pero están sujetos a una retención en origen del 11,25 % en 2026 (10 % a partir de 2027), después del IS (consulte la tributación de los dividendos en Marruecos).

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¿Cuáles son los riesgos de recalificación del estatuto?

Una calificación errónea puede ser impugnada por la CNSS, la DGI o los tribunales. La recalificación puede conllevar:

  • La recuperación retroactiva de las cotizaciones adeudadas (o la denegación de las prestaciones)
  • Sanciones y recargos
  • Una revisión de la tributación en el IR

Por tanto, es esencial:

  • Documentar claramente las funciones técnicas distintas del mandato
  • Formalizar un contrato de trabajo con horario, retribución y vínculo de subordinación reales
  • Someter a la aprobación de la junta de socios la retribución del gerente y los convenios entre la sociedad y el directivo
07

¿Qué estatuto tiene el presidente de una SAS?

La SAS y la SAS de socio único se rigen por la Ley 5-96 modificada y completada por la Ley 19-20, con una amplia libertad estatutaria. El estatuto social del presidente de SAS depende de los estatutos, de los convenios y de la calificación fáctica del vínculo (subordinación o mandato puro). Conviene analizarlo caso por caso, en particular cuando el presidente es también el socio principal.

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¿Cómo le ayuda Charikaty a elegir el estatuto del gerente?

Charikaty es una plataforma marroquí privada de legal-tech especializada en la creación y el cumplimiento normativo de las sociedades. Esto es lo que necesita para fijar el estatuto del gerente: un reparto del capital coherente con el estatuto social deseado, unos estatutos y una decisión de retribución del gerente y, después, la adscripción correcta a la CNSS. Con Charikaty, los estatutos, la decisión de retribución y la solicitud de afiliación a la CNSS se preparan en línea. Con nuestro servicio de creación de SARL en línea, le ayudamos a elegir la forma y el reparto del capital adecuados al estatuto social deseado, redactamos los estatutos y la decisión de retribución del gerente, y presentamos en línea la solicitud de afiliación de la empresa a la CNSS en el marco de la creación. Con Charikaty ya se han creado más de 250 sociedades. Para las nóminas y las declaraciones, le orientamos hacia expertos contables colaboradores.

09 · FAQ

FAQ: Estatuto del gerente en Marruecos

¿Puede ser asalariado el gerente único de una SARL AU?

Difícilmente: para el gerente socio único de una SARL AU, la ausencia de otro socio hace que el vínculo de subordinación sea casi imposible de acreditar. En la práctica, es no asalariado y está sujeto a los regímenes de los trabajadores no asalariados, lo que debe verificarse ante la CNSS.

¿Se beneficia del AMO el gerente no asalariado?

El gerente no asalariado puede beneficiarse del AMO en el marco de la Ley 98-15 cuando su situación corresponde a una categoría cubierta por decreto, según el baremo de esa categoría. Verifique ante la CNSS el régimen que le es aplicable.

¿Cuánto suponen las cotizaciones CNSS de un gerente asalariado?

Las cotizaciones CNSS de un gerente asalariado suponen el 27,83 % en total en 2026 (21,09 % patronal + 6,74 % salarial), con un tope mensual de 6.000 MAD para las prestaciones sociales.

¿Se pueden acumular mandato social y contrato de trabajo?

Sí, el gerente puede acumular su mandato social y un contrato de trabajo siempre que exista un vínculo de subordinación real sobre funciones técnicas distintas de las funciones de dirección, lo que en la práctica excluye al gerente mayoritario.

¿Cómo se califica la retribución del presidente de una SAS?

La retribución del presidente de una SAS depende de los estatutos y de las modalidades: puede ser una retribución del mandato social o un salario si existe un contrato de trabajo válido para funciones técnicas. En ambos casos, tributa en el IR.

¿Se utiliza oficialmente en Marruecos el término «TNS»?

No, «TNS» es una noción francesa: el derecho marroquí habla de trabajadores no asalariados y de independientes, cubiertos por la Ley 98-15 y la Ley 99-15. La expresión «gerente no asalariado» designa al directivo retribuido sin contrato de trabajo.

Fuentes legales

9 textos · 3 fuentes oficiales · revisión oct 2027
Próxima revisión: oct 2027
  • Ley n.º 65-99 que constituye el Código del Trabajo

  • Dahir n.º 1-72-184 de 27 de julio de 1972 relativo al régimen de seguridad social

  • Ley n.º 65-00 que constituye el Código de la cobertura médica básica (AMO)

  • Ley n.º 98-15 relativa al régimen del seguro de enfermedad obligatorio básico para los trabajadores no asalariados

  • Ley n.º 99-15 por la que se instituye un régimen de pensiones para las categorías de profesionales, trabajadores independientes y no asalariados

  • Ley n.º 5-96 relativa a la SARL

  • Ley n.º 17-95 relativa a las sociedades anónimas, modificada por la Ley n.º 19-20

  • Ley n.º 19-20 (dahir n.º 1-21-75 de julio de 2021): modifica y completa la Ley n.º 5-96 para regular la SAS, en sustitución del antiguo régimen de la Ley n.º 17-95

  • Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026): artículo 10 (gastos deducibles), artículo 56 (rentas salariales), artículo 73 (escala del IR), artículo 156 (retención en origen)

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