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Exenciones de IVA en Marruecos en 2026: ¿cuándo no facturar el IVA?

En Marruecos no existe una franquicia general de IVA basada en la cifra de negocios: una sociedad factura el IVA (TVA) desde el primer dírham, fuera de las operaciones exentas por el Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026), con dos excepciones: los comerciantes minoristas por debajo de 2.000.000 MAD de cifra de negocios y los pequeños fabricantes y pequeños prestadores de servicios por debajo de 500.000 MAD. Las exenciones sin derecho a deducción (artículo 91) impiden recuperar el IVA deducible de las compras, mientras que las exenciones con derecho a deducción (artículo 92), como las exportaciones, permiten conservarlo y, en su caso, obtener su devolución.

Equipo jurídico de CharikatyExpertos en derecho de sociedades en Marruecos · Publicado el · Actualizado el

Lo esencial en 5 puntos

En resumen
  • Marco legal: artículos 91 y 92 del CGI 2026; umbrales de sujeción en los artículos 89-I-2° (minoristas, 2.000.000 MAD) y 91-II-1° (pequeños fabricantes y prestadores de servicios, 500.000 MAD)

  • Artículo 92: exenciones con derecho a deducción: exportaciones de bienes y de servicios, transporte internacional, bienes de inversión de los 36 primeros meses, zonas de aceleración industrial

  • Artículo 91: exenciones sin derecho a deducción: productos de primera necesidad, prestaciones médicas, determinadas operaciones financieras, sociales y culturales, pequeños fabricantes y pequeños prestadores de servicios

  • Régimen de derecho común: sujeción al IVA (tipos 2026 del 20 %, el 10 % y el 7 %) con deducción del IVA de las compras (artículo 101 del CGI)

  • Autoemprendedor (auto-entrepreneur, Ley 114-13): régimen fiscal simplificado distinto, no sujeto al IVA

Aviso legal:

la información facilitada en este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Le recomendamos consultar a un experto contable cualificado antes de tomar cualquier decisión. Charikaty pone a su disposición expertos para acompañarle: contáctenos para un asesoramiento gratuito.

En el lenguaje corriente, el término «franquicia de IVA» (franchise de TVA) designa en Marruecos las operaciones exentas de IVA. La distinción entre las dos categorías es determinante desde el punto de vista económico: según la categoría, la empresa recupera el IVA pagado a sus proveedores o lo soporta de forma definitiva.

01

¿Qué diferencia hay entre la exención con y sin derecho a deducción?

Recordatorio de los tres flujos

El IVA, regulado por los artículos 87 a 125 del CGI, funciona según tres flujos:

  • IVA repercutido: facturado a los clientes en las ventas
  • IVA deducible: soportado en las compras y las inversiones (artículo 101 del CGI)
  • IVA adeudado: diferencia entre el IVA repercutido y el IVA deducible

Cuando una operación está exenta, el IVA repercutido es nulo. La cuestión esencial pasa a ser entonces la siguiente: ¿permite la exención conservar el IVA deducible? La respuesta depende de la categoría de exención.

Distinción entre el artículo 92 y el artículo 91

CriterioArtículo 92: con derecho a deducciónArtículo 91: sin derecho a deducción
IVA repercutido0 (no se factura IVA)0 (no se factura IVA)
IVA deducible de las comprasSe conservaSe pierde (se convierte en un coste)
Posible crédito de IVASí, devolución posible (artículo 103)No
EjemplosExportaciones, transporte internacional, bienes de inversiónProductos de primera necesidad, sanidad, pequeños fabricantes

Esta distinción es esencial: las operaciones comprendidas en el artículo 92 son fiscalmente favorables, mientras que las del artículo 91 generan una remanencia de IVA (el IVA soportado en las compras se convierte en un gasto no recuperable).

02

¿Qué operaciones están exentas con derecho a deducción (artículo 92)?

Operaciones principalmente afectadas

El artículo 92 del CGI enumera las operaciones exentas con mantenimiento del derecho a deducción, en particular:

  • Las exportaciones de bienes y las prestaciones de servicios destinadas a ser explotadas o utilizadas en el extranjero
  • Las mercancías incluidas en un régimen aduanero suspensivo
  • El transporte internacional y las prestaciones vinculadas a él, entre ellas el avituallamiento y la reparación de buques y aeronaves
  • Los bienes de inversión inscritos en el inmovilizado, adquiridos durante los 36 primeros meses siguientes al inicio de la actividad (con sujeción a condiciones y formalidades)
  • Los abonos, determinados materiales agrícolas y de pesca, determinados medicamentos y la vivienda social
  • Los bienes y servicios adquiridos por las empresas instaladas en una zona de aceleración industrial (Ley 19-94)

Los exportadores pueden además adquirir en suspensión del IVA los bienes y servicios necesarios para sus operaciones de exportación, dentro del límite de la cifra de negocios de exportación del año anterior (artículo 94).

Mecánica económica

Para un exportador de servicios, el mecanismo es muy favorable:

ElementoImporte
Factura a cliente extranjero100.000 MAD sin IVA, exentos de IVA (artículo 92)
IVA repercutido0 MAD
Compras locales sujetas al IVA del 20 %30.000 MAD sin IVA + 6.000 MAD de IVA
IVA deducible6.000 MAD
Saldo de IVACrédito de 6.000 MAD (devolución posible: artículo 103)

El exportador puede solicitar la devolución de este crédito en las condiciones del artículo 103 del CGI, según el procedimiento presentado en nuestra guía sobre el crédito de IVA y su devolución. Es una de las principales ventajas fiscales de las empresas orientadas a la exportación.

Justificantes

Para la exportación, la empresa conserva los justificantes: facturas de venta en las que consten el cliente extranjero y la referencia de la exención, declaraciones en aduana para los bienes, justificantes de repatriación de las divisas (certificados bancarios) para los servicios. Los documentos se conservan 10 años (artículo 211 del CGI). El régimen fiscal y cambiario completo de los prestadores de servicios orientados al extranjero se presenta en nuestra guía sobre la exportación de servicios en Marruecos.

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¿Qué operaciones están exentas sin derecho a deducción (artículo 91)?

Operaciones principalmente afectadas

El artículo 91 del CGI enumera las exenciones sin mantenimiento del derecho a deducción, entre las que figuran en particular:

  • Los productos de primera necesidad (pan, harina, leche, azúcar en bruto, dátiles, carne fresca, productos de la pesca), así como los periódicos, libros y publicaciones
  • Las prestaciones médicas y paramédicas (médicos, dentistas, fisioterapeutas, enfermeros) y los servicios de las clínicas y laboratorios de análisis
  • Determinadas prestaciones de la enseñanza privada en favor de los alumnos y estudiantes
  • Determinadas operaciones financieras (descuento e intereses de los valores emitidos por el Estado, préstamos a estudiantes, microcrédito); las operaciones bancarias corrientes, por su parte, siguen gravadas al 10 %
  • Las operaciones realizadas por determinadas cooperativas y asociaciones sin ánimo de lucro, en las condiciones del CGI
  • Las ventas y prestaciones de los pequeños fabricantes y pequeños prestadores de servicios cuya actividad es principalmente manual y cuya cifra de negocios anual no supera los 500.000 MAD (artículo 91-II-1°), así como los explotadores de taxis

Mecánica económica

Para un profesional comprendido en el artículo 91:

ElementoImporte
Ingresos (consultas, prestaciones exentas)100.000 MAD, exentos de IVA (artículo 91)
IVA repercutido0 MAD
Compras sujetas al IVA del 20 %20.000 MAD sin IVA + 4.000 MAD de IVA
IVA deducible0 MAD (perdido)
Coste soportado4.000 MAD de IVA constituyen un gasto definitivo

Esta remanencia de IVA es el principal inconveniente de las exenciones del artículo 91: el IVA pagado a los proveedores no es recuperable y encarece los costes de explotación. Por ello, el CGI permite, en los casos previstos en el artículo 90, optar por la sujeción (por ejemplo, un pequeño fabricante que trabaja sobre todo con clientes sujetos al IVA).

04

¿Cuándo hay que facturar el IVA?

Sujeción y deducción

Fuera de los casos de exención, toda operación imponible soporta el IVA a los tipos previstos en los artículos 98 y 99 del CGI: 20 % (tipo normal, incluida la energía eléctrica desde 2026), 10 % y 7 %. La ley de finanzas 2024 (ley n.º 55-23) hizo converger los tipos a lo largo de tres años; en 2026, el tipo del 14 % ha desaparecido.

La sujeción no depende de ningún umbral para las sociedades de servicios, los industriales, los importadores y los mayoristas. Los comerciantes minoristas (reventa en el mismo estado) solo están sujetos cuando su cifra de negocios del año anterior alcanza los 2.000.000 MAD (artículo 89-I-2°). El sujeto pasivo repercute el IVA a sus clientes y deduce el IVA soportado en sus compras (artículo 101 del CGI). El saldo se ingresa al Estado o constituye un crédito trasladable a las declaraciones siguientes.

Régimen mensual o trimestral

El sujeto pasivo declara el IVA cada mes si su cifra de negocios imponible del año anterior alcanza 1.000.000 MAD, y cada trimestre en caso contrario y durante su primer año natural (artículo 108 del CGI), mediante declaración telemática en SIMPL-TVA. Los regímenes, los tipos por actividad y el calendario de presentación se detallan en nuestra guía sobre la inscripción y la declaración del IVA en Marruecos.

05

¿Debe un autoemprendedor facturar el IVA?

El autoemprendedor (auto-entrepreneur), regulado por la Ley n.º 114-13, está sujeto a un régimen fiscal simplificado distinto del derecho común:

  • No está sujeto al IVA en el marco de este régimen
  • Paga un IR liberatorio del 0,5 % (comercio, industria, artesanía) o del 1 % (servicios) sobre la cifra de negocios cobrada
  • No factura IVA a sus clientes y no deduce el de sus compras
  • Debe respetar los límites de cifra de negocios de 500.000 MAD (comercio, industria, artesanía) y 200.000 MAD (servicios)

El régimen del autoemprendedor no es una «franquicia de IVA» en sentido técnico: es un régimen fiscal completo distinto, que abarca el impuesto sobre la renta y excluye la sujeción al IVA. Por encima de los límites, el paso a sociedad (con Charikaty, en línea) conlleva la sujeción; los límites de este estatuto se presentan en nuestra guía sobre el comercio electrónico sin sociedad y el autoemprendedor.

06

¿Cómo deducir el IVA en caso de actividad mixta (prorrata)?

Cuando una empresa realiza a la vez operaciones que generan derecho a deducción y operaciones que no lo generan, el artículo 104 del CGI prevé un mecanismo de prorrata de deducción:

  • El IVA deducible de las compras comunes solo se admite hasta el límite de la proporción entre la cifra de negocios que genera derecho a deducción (operaciones gravadas y exenciones del artículo 92) y la cifra de negocios total
  • Esta prorrata se calcula sobre las operaciones del año anterior, se aplica provisionalmente y después se regulariza al final del año

Este mecanismo es importante para las empresas con actividades mixtas (por ejemplo, un establecimiento que combina prestaciones exentas del artículo 91 y actividades accesorias gravadas).

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¿Es mejor estar exento o sujeto al IVA?

¿Cuándo es favorable la exención?

La exención del artículo 92 (con derecho a deducción) es siempre favorable: sin IVA facturado + deducción del IVA soportado = competitividad en precio + crédito recuperable.

La exención del artículo 91 (sin derecho a deducción) es mixta: ventaja comercial (precio sin IVA), pero inconveniente económico (remanencia de IVA en las compras). El balance depende del peso de las compras gravadas.

¿Cuándo sigue siendo preferible la sujeción?

Para las empresas B2B:

  • Los clientes sujetos al IVA recuperan el IVA facturado: les es indiferente que el proveedor facture o no el IVA
  • Las grandes inversiones gravadas (material, equipos) aconsejan la sujeción, que permite recuperar el IVA soportado
  • La imagen de empresa estructurada y conforme puede tener peso en determinadas relaciones contractuales

Para las empresas B2C con compras modestas, la exención (cuando la prevé el CGI) mejora la competitividad en precio.

08

¿Qué obligaciones se mantienen en caso de exención?

Tanto si la empresa está sujeta como si está exenta, conserva obligaciones:

  • Llevanza de los registros: libro de ventas, libro de compras (Ley 9-88)
  • Menciones en las facturas: la factura exenta incluye las menciones obligatorias del artículo 145 del CGI (IF, ICE, número de impuesto profesional [taxe professionnelle]) y la referencia legal de la exención (artículo 91 o 92 del CGI)
  • Declaraciones: incluso sin IVA repercutido, la empresa sujeta presenta sus declaraciones dentro de plazo
  • Conservación de los documentos durante 10 años (artículo 211 del CGI)

El incumplimiento de estas obligaciones expone a recargos por presentación fuera de plazo (artículo 184 del CGI: 5 % dentro de los 30 días, 15 % después, 20 % en caso de liquidación de oficio [imposition d'office]) y a sanciones y recargos por demora en el pago (artículo 208 del CGI: sanción del 10 %, reducida al 5 % dentro de los 30 días, y después 5 % el primer mes y 0,5 % por cada mes adicional).

09

¿Qué riesgos hay si se aplica indebidamente una exención?

La aplicación indebida de una exención conlleva:

  • La reclamación del IVA no facturado, que la empresa soporta si ya no puede repercutirlo a sus clientes
  • Recargos del artículo 184 del CGI
  • Sanciones y recargos por demora del artículo 208 del CGI
  • Sanciones complementarias en caso de fraude o de maniobra dilatoria

Por tanto, es esencial verificar con precisión que la operación está efectivamente comprendida en una exención prevista por el CGI antes de aplicarla. Los demás incumplimientos se recogen en nuestra guía sobre las sanciones por incumplimiento normativo de las empresas en Marruecos.

10

¿Cómo simplifica Charikaty la gestión del IVA?

Para aplicar correctamente una exención de IVA, esto es lo que se necesita: una sociedad declarada ante la DGI (declaración de existencia [déclaration d'existence], IF, ICE, número de impuesto profesional), el régimen de IVA adecuado y una facturación conforme (artículo 145 del CGI) que incluya la referencia de la exención. Con Charikaty, usted lo hace todo en línea. Charikaty es una legal-tech marroquí privada de creación de empresas 100 % en línea: creamos su sociedad a distancia y ponemos en marcha estas primeras obligaciones fiscales. Con Charikaty ya se han creado más de 250 sociedades. Para el análisis del régimen de exención aplicable, el seguimiento de sus declaraciones en SIMPL-TVA y sus solicitudes de devolución del crédito de IVA (artículo 103 del CGI), nuestro servicio de contabilidad le deriva a expertos contables colaboradores.

11 · FAQ

FAQ: Exenciones de IVA

¿Existe en Marruecos una «franquicia de IVA» como en Francia?

Marruecos no cuenta con una franquicia general de IVA basada en la cifra de negocios: una sociedad factura el IVA desde el primer dírham. No obstante, existen dos umbrales: los comerciantes minoristas solo están sujetos a partir de 2.000.000 MAD de cifra de negocios (artículo 89-I-2°) y los pequeños fabricantes y pequeños prestadores de servicios están exentos hasta 500.000 MAD (artículo 91-II-1°).

¿Cuál es la diferencia esencial entre el artículo 91 y el artículo 92?

El artículo 92 del CGI mantiene el derecho a deducción del IVA de las compras (favorable, por ejemplo, para las exportaciones). El artículo 91 suprime este derecho: el IVA de las compras se convierte en un coste definitivo (por ejemplo, para las prestaciones médicas), salvo opción por la sujeción cuando el artículo 90 lo permite.

¿Estoy obligado a mencionar la exención en mi factura?

Sí, una factura exenta debe incluir la referencia legal de la exención (artículo 91 o 92 del CGI), así como las menciones obligatorias del artículo 145 del CGI.

Si exporto servicios, ¿estoy exento de IVA?

Sí, las prestaciones de servicios explotadas o utilizadas en el extranjero están comprendidas en el artículo 92 del CGI (exención con derecho a deducción). El exportador factura sin IVA y conserva el derecho a deducir el IVA soportado, lo que puede generar un crédito reembolsable (artículo 103), siempre que justifique la repatriación de las divisas.

¿Puede un autoemprendedor facturar IVA?

No, el autoemprendedor (Ley 114-13) no está sujeto al IVA: no factura IVA a sus clientes y no deduce el IVA de sus compras.

¿Qué hacer si tengo a la vez operaciones gravadas y exentas?

Una empresa con actividades mixtas aplica la prorrata de deducción del artículo 104 del CGI: el IVA deducible de las compras comunes se admite hasta el límite de la proporción entre la cifra de negocios que genera derecho a deducción y la cifra de negocios total.

Fuentes legales

5 textos · 2 fuentes oficiales · revisión oct 2027
Próxima revisión: oct 2027
  • Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026): artículos 87 a 125 (IVA), 89 (operaciones imponibles y umbral de los minoristas), 90 (opción por la sujeción), 91 (exenciones sin derecho a deducción), 92 (exenciones con derecho a deducción), 94 (régimen suspensivo), 98 y 99 (tipos), 101 (deducción), 103 (devolución), 104 (prorrata), 108 (periodicidad), 110 y 111 (plazos), 145 (menciones de las facturas), 184 y 208 (sanciones), 211 (conservación)

  • Ley de finanzas 2024 (ley n.º 55-23): convergencia de los tipos de IVA 2024-2026

  • Ley n.º 114-13 relativa al estatuto del autoemprendedor

  • Ley n.º 19-94 relativa a las zonas de aceleración industrial

  • Ley n.º 9-88 relativa a las obligaciones contables de los comerciantes

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Charikaty crea su sociedad en línea y pone en marcha sus primeras obligaciones fiscales: declaración de existencia, IF, ICE, impuesto profesional, régimen de IVA y facturación conforme. Nuestros expertos contables colaboradores le acompañan después en sus exenciones y sus solicitudes de devolución del crédito de IVA (artículo 103 del CGI).

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