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Publicidad legal en Marruecos: ¿por qué publicar en el JAL y en el Boletín Oficial en 2026?

La publicidad legal (publicité légale) obliga a toda sociedad mercantil (SARL, SARL AU, SAS, SA) a publicar un anuncio en un diario de anuncios legales (journal d'annonces légales, JAL) y en el Boletín Oficial (Bulletin officiel, BO), en ambos y no en uno u otro, en el mes siguiente a su inscripción y, después, tras cada modificación o disolución. El coste total va de algunos cientos a unos 1.500 MAD según la extensión del anuncio. Impuesta por la Ley 5-96 (artículo 96) y la Ley 17-95 (artículos 30 y siguientes), hace que la información sobre la sociedad sea oponible a terceros.

Equipo jurídico de CharikatyExpertos en derecho de sociedades en Marruecos · Publicado el · Actualizado el

Lo esencial

En resumen

La publicidad legal es obligatoria para las sociedades mercantiles (SARL, SARL AU, SAS, SA). Consiste en publicar un anuncio en un diario de anuncios legales y en el Boletín Oficial (en ambos, y no en uno u otro), en el mes siguiente a la inscripción y, después, tras cada modificación o disolución. El coste total va de algunos cientos a unos 1.500 MAD según la extensión del anuncio. No se exige ninguna exposición en el domicilio social.

Aviso legal:

la información facilitada en este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Le recomendamos consultar a un experto jurídico cualificado antes de tomar cualquier decisión. Charikaty pone a su disposición expertos para acompañarle: contáctenos para un asesoramiento gratuito.

Por tanto, no es un gasto opcional: la personalidad jurídica nace con la inscripción, y la publicidad legal, por su parte, permite que la información sobre su sociedad sea conocida y oponible a sus socios comerciales, acreedores y clientes. Esto es lo que hay que publicar, cuándo y a qué coste. Con Charikaty, usted lo hace todo en línea.

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¿Qué debe contener el anuncio de publicidad legal?

Contenido estándar de la publicación

El anuncio de constitución (avis de constitution) recoge los elementos esenciales fijados durante la redacción de los estatutos de la sociedad y contiene generalmente:

Sección 1: Identificación de la sociedad

  • Denominación social y forma jurídica
  • Domicilio social (siège social)
  • Duración de la sociedad
  • Número de inscripción en el Registro Mercantil

Sección 2: Dirección y gestión

  • Identidad del gerente o de los gerentes (gérants), del presidente o de los administradores
  • Auditor de cuentas (commissaire aux comptes), en su caso

Sección 3: Capital y socios

  • Importe del capital social y naturaleza de las aportaciones
  • Reparto de las participaciones entre los socios (SARL)

Sección 4: Actividad

  • Objeto social (resumen)

Sección 5: Elementos administrativos

  • Secretaría del tribunal de comercio del depósito legal
  • Fecha y número del depósito
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¿Cuánto cuesta la publicidad legal en Marruecos?

Tarifas por medio

MedioCostePlazo
Diario de anuncios legalesTarifa por línea, según la extensiónAlgunos días
Boletín OficialTarifa por línea de la Imprenta OficialMás largo que el JAL
Total de ambas publicacionesDe algunos cientos a unos 1.500 MADA iniciar en el mes siguiente a la inscripción

Este concepto se suma a los demás gastos públicos de la constitución, resumidos en nuestra guía sobre el coste de creación de una empresa en Marruecos.

Posibles gastos adicionales

⚠️ Gastos suplementarios:

  • Ejemplares o certificados de publicación adicionales
  • Extractos del Registro Mercantil expedidos por la secretaría
  • Anuncio rectificativo en caso de error en el anuncio

Posibles exenciones

❌ Ninguna exención para las sociedades mercantiles: una SARL AU con capital simbólico publica igual que una SA.

⚠️ Autoemprendedores (auto-entrepreneurs; Ley 114-13): no constituyen una sociedad y no están inscritos en el Registro Mercantil; por tanto, no están afectados por este anuncio.

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¿Hay que volver a publicar en caso de modificación?

¿Cuándo volver a publicar?

También debe publicar las modificaciones siguientes:

Modificación¿Nueva publicación?
Cambio de gerente o de dirigente✅ Sí
Traslado del domicilio social✅ Sí
Ampliación o reducción de capital✅ Sí
Cambio de objeto✅ Sí
Fusión o escisión✅ Sí
Transformación de la forma jurídica✅ Sí
Disolución y cierre de la liquidación✅ Sí

Las formalidades propias de cada operación se detallan en nuestras guías sobre el traslado del domicilio social a otra ciudad y sobre la cesión de participaciones sociales.

Coste por modificación: del mismo orden que la publicidad inicial, según la extensión del anuncio.

Plazo: la publicación acompaña a la inscripción modificativa en el Registro Mercantil, que debe solicitarse en el mes siguiente al acto (artículo 75 del Código de Comercio).

Procedimiento de nueva publicación

  1. Decisión de los socios y acta (procès-verbal)
  2. Registro del acta ante la DGI
  3. Depósito en la secretaría e inscripción modificativa en el Registro Mercantil
  4. Anuncio en el JAL y en el Boletín Oficial
  5. Conservación de los justificantes
09 · FAQ

FAQ: Preguntas frecuentes

¿Es realmente obligatoria la publicación legal?

Sí. El artículo 96 de la Ley 5-96 y los artículos 30 y siguientes de la Ley 17-95 imponen la publicidad legal a las sociedades mercantiles. Sin publicación, la información sobre la sociedad no es oponible a terceros.

¿Se puede elegir entre el Boletín Oficial y un JAL?

Hay que publicar en ambos: el anuncio debe aparecer en un diario de anuncios legales habilitado y en el Boletín Oficial. Una sola publicación no basta.

¿Cuánto tiempo después de la inscripción hay que publicar?

La publicidad legal debe realizarse en el mes siguiente a la inscripción en el Registro Mercantil. Inicie ambas inserciones en cuanto reciba su número de RC.

¿Cuál es el precio de un anuncio legal en el JAL y en el Boletín Oficial?

La publicidad legal cuesta en total de algunos cientos a unos 1.500 MAD por ambos medios, según la extensión del anuncio. Solicite un presupuesto al JAL y verifique la tarifa del Boletín Oficial.

¿Deben los autoemprendedores publicar un anuncio legal?

No, el autoemprendedor (Ley 114-13) no constituye una sociedad y no está inscrito en el Registro Mercantil. En cambio, todas las sociedades mercantiles, incluso una SARL AU con capital simbólico, deben publicar.

¿Hay que renovar la publicación cada año?

No, la publicidad inicial es definitiva. Solo las modificaciones y la disolución dan lugar a un nuevo anuncio; el depósito anual de los estados de síntesis (états de synthèse) en la secretaría es una formalidad distinta, presentada en el calendario de obligaciones anuales de las sociedades.

Fuentes legales

6 textos · 2 fuentes oficiales · revisión oct 2027
Próxima revisión: oct 2027
  • Ley n.º 5-96 relativa a la SARL y a las demás sociedades mercantiles, modificada en particular por las leyes 21-05, 24-10 y 21-19: artículo 96 (publicidad)

  • Ley n.º 17-95 relativa a las sociedades anónimas, modificada por la Ley n.º 19-20: artículos 30 y siguientes (publicidad)

  • Ley n.º 19-20 (dahir n.º 1-21-75 de julio de 2021): modifica y completa la Ley n.º 5-96 para regular la SAS, en sustitución del antiguo régimen de la Ley n.º 17-95

  • Ley n.º 15-95 que constituye el Código de Comercio: oponibilidad de las inscripciones en el Registro Mercantil, artículo 75 (plazos de inscripción en el Registro Mercantil)

  • Ley n.º 88-17 relativa a la creación de empresas por vía electrónica

  • Boletín Oficial, edición de anuncios legales, judiciales y administrativos (Secretaría General del Gobierno)

¿Necesita ayuda?

Charikaty le acompaña en la publicidad legal de su sociedad, tanto en la creación como en cada modificación. Redactamos los anuncios, los transmitimos al diario de anuncios legales y al Boletín Oficial, hacemos el seguimiento de su publicación y le entregamos los justificantes, todo ello en línea.

Última actualización: octubre de 2026

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