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Llevanza de la contabilidad en Marruecos: ¿cómo organizarla en 2026?

Llevar la contabilidad de una sociedad en Marruecos consiste en registrar cada operación, con su justificante, en los libros legales de la Ley n.º 9-88, en un programa informático capaz de generar el fichero de asientos contables (fichier des écritures comptables) exigido desde la ley de finanzas 2026, y después en elaborar los estados financieros (états de synthèse) al cierre y conservarlo todo durante 10 años. Esta llevanza puede realizarse internamente o confiarse a un experto contable (expert-comptable) (Ley 15-89) o a un contable autorizado (comptable agréé) (Ley 127-12): ninguna ley impone un profesional externo, pero el gerente sigue siendo responsable de la regularidad de las cuentas.

Equipo jurídico de CharikatyExpertos en derecho de sociedades en Marruecos · Publicado el · Actualizado el

Lo esencial en 7 puntos

En resumen
  • Organización: llevanza interna o confiada a un experto contable (Ley 15-89) o a un contable autorizado (Ley 127-12)

  • Ley 9-88: obligaciones contables de los comerciantes, contabilidad regular, sincera y completa

  • CGNC: plan de cuentas, principios contables y estados financieros

  • Libros legales: libro diario y libro de inventario foliados y rubricados, libro mayor

  • Conservación: 10 años (artículo 22 Ley 9-88; artículo 211 CGI 2026)

  • Régimen fiscal: resultado real obligatorio para las sociedades sujetas al IS; CPU y autoemprendedor reservados a las personas físicas

  • Contabilidad electrónica: Ley 43-20 (servicios de confianza) y fichero de asientos contables conforme al dictamen CNC n.º 24 (LF 2026)

Aviso legal:

la información facilitada en este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Le recomendamos consultar a un experto jurídico cualificado antes de tomar cualquier decisión. Charikaty pone a su disposición expertos para acompañarle: contáctenos para un asesoramiento gratuito.

Una llevanza rigurosa condiciona la tributación por el resultado real, la deducibilidad de los gastos y la fiabilidad de los estados financieros presentados a los socios, a las administraciones y a terceros. Se basa en la Ley 9-88, en el Código General de Normalización Contable (CGNC) y en las obligaciones fiscales del Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026).

01

¿Qué obligaciones legales regulan la llevanza de la contabilidad?

La Ley 9-88 y el CGNC (que fija el plan de cuentas, los principios contables y la presentación de las cuentas) imponen una contabilidad regular, sincera y completa, llevada en dírhams, por ejercicios de 12 meses en principio, en tres libros legales (libro diario, libro mayor y libro de inventario, estando el libro diario y el libro de inventario foliados y rubricados [cotés et paraphés] por la secretaría del tribunal de comercio [greffe du tribunal de commerce]), con cinco estados financieros al cierre (balance, CPC, ESG, TF, ETIC) y una conservación de 10 años. Estas reglas, los principios contables y los plazos de aprobación y depósito de las cuentas se detallan en nuestra guía sobre las obligaciones contables de las sociedades en Marruecos.

02

¿Hay que llevar la contabilidad internamente o confiarla a un profesional?

Desde la inscripción, la sociedad designa a la persona que llevará su contabilidad: un servicio interno, un experto contable o un contable autorizado. Ninguna ley obliga a una SARL a confiar su contabilidad a un profesional externo, pero la responsabilidad de su regularidad recae en el gerente.

El experto contable, regulado por la Ley n.º 15-89 e inscrito en el Colegio de Expertos Contables (Ordre des Experts-Comptables), puede llevar, revisar y certificar la contabilidad de la sociedad; nuestra guía sobre el experto contable obligatorio en Marruecos precisa cuándo resulta indispensable y cómo se fijan sus honorarios. El contable autorizado (Ley n.º 127-12) también puede llevar la contabilidad de las microempresas y pymes. El auditor de cuentas (CAC), que es a su vez experto contable inscrito en el Colegio, se encarga del control legal de las cuentas en las condiciones previstas por la Ley 17-95 para la SA (siempre obligatorio) y por la Ley 5-96 para la SARL (artículo 80: CAC obligatorio si la cifra de negocios sin IVA excede de 50 M MAD). En la SAS, el CAC es obligatorio por encima de los umbrales legales (Ley 5-96 modificada y completada por la Ley 19-20). Sus condiciones de nombramiento se detallan en nuestra guía sobre el auditor de cuentas obligatorio.

03

¿Qué nivel de contabilidad según el régimen de tributación?

El CGI 2026 prevé varios regímenes:

  • Régimen del resultado real: contabilidad completa, obligatoria para todas las sociedades sujetas al IS (SARL, SARL AU, SA, SAS), con un tipo del 20 % si el beneficio neto fiscal es inferior a 100 M MAD y del 35 % a partir de ese umbral (40 % para el sector financiero, artículo 19 CGI 2026)
  • CPU (Contribución Profesional Única, Contribution Professionnelle Unique): régimen simplificado reservado a las personas físicas sujetas al IR cuya cifra de negocios no exceda los umbrales fijados por el CGI (comerciantes, artesanos y prestadores que ejercen en nombre propio); sustituyó al antiguo régimen a tanto alzado (forfait) y nunca se aplica a una sociedad
  • Autoemprendedor (auto-entrepreneur, Ley 114-13): contabilidad simplificada con un simple registro de compras y ventas, límites de cifra de negocios de 500.000 MAD (comercio, industria, artesanía) y 200.000 MAD (servicios)

Por tanto, una sociedad mercantil no puede optar por un régimen simplificado de tributación: lleva una contabilidad completa y presenta cada año su declaración del resultado fiscal.

04

¿Qué justificantes reunir y cómo conservarlos?

Todo asiento debe estar respaldado por un justificante: factura, contrato, orden de pedido, albarán de entrega, extracto bancario, nómina, etc. Las facturas emitidas y recibidas deben incluir las menciones exigidas por el CGI (identidad e ICE de las partes, número secuencial, fecha, naturaleza y precio de los bienes o servicios, importe del IVA [TVA]) para que los gastos sean deducibles (artículos 145 y 146 CGI 2026). Los justificantes y los libros se conservan 10 años a partir del cierre del ejercicio (artículo 22 Ley 9-88; artículo 211 CGI 2026), en papel o en formato electrónico, y deben poder presentarse a la administración tributaria en caso de inspección.

05

¿Qué programa elegir para una contabilidad electrónica conforme?

La Ley n.º 43-20 sobre los servicios de confianza para las transacciones electrónicas permite:

  • La firma electrónica avanzada de los justificantes contables y de los actos de la sociedad
  • El sello electrónico de las personas jurídicas
  • El sellado de tiempo electrónico que garantiza la fecha cierta
  • El archivo con valor probatorio durante el período de conservación de 10 años

Desde la ley de finanzas 2026 (Ley n.º 50-25), la contabilidad debe además llevarse en formato electrónico y la sociedad debe poder entregar a la administración tributaria, en particular en caso de inspección, un fichero de asientos contables (fichier des écritures comptables, FEC) conforme al dictamen n.º 24 del Consejo Nacional de Contabilidad (Conseil National de la Comptabilité). El programa de contabilidad debe garantizar una numeración secuencial de los asientos, la imposibilidad de suprimir un asiento validado y la vinculación de cada asiento a un justificante. Un programa no conforme debilita la contabilidad en caso de inspección fiscal.

06

¿Con qué ritmo llevar y cerrar la contabilidad?

RitmoQué hay que hacerReferencia
A medida que se producen las operacionesRegistrar cronológicamente, día a día, cada operación en el libro diario a partir de su justificanteLey 9-88
Cada mes o trimestrePreparar las declaraciones del IVA según la periodicidad aplicable a la sociedadCGI 2026 (IVA)
Al cierre del ejercicio (12 meses)Inventario de los activos y pasivos, transcripción en el libro de inventario, elaboración de los cinco estados financierosLey 9-88; CGNC
En los 3 meses siguientes al cierrePresentación telemática del paquete de declaración fiscal (liasse fiscale) y del resultado fiscal a la DGIArtículo 20 CGI 2026
En los 6 meses siguientes al cierreAprobación de los estados financieros por la junta general ordinariaArtículo 70 Ley 5-96; artículo 115 Ley 17-95
En los 30 días siguientes a la aprobaciónDepósito de los estados financieros en la secretaría del tribunal de comercioArtículo 95 Ley 5-96; artículo 158 Ley 17-95

La periodicidad de las declaraciones del IVA y el calendario completo de las obligaciones anuales de las sociedades en Marruecos se detallan en nuestras guías específicas.

07

¿Qué arriesga una sociedad cuya contabilidad es irregular?

Una contabilidad irregular expone a la sociedad a las siguientes consecuencias, presentadas junto con las demás sanciones por incumplimiento normativo de las empresas en Marruecos:

  • Rechazo de la contabilidad durante una inspección fiscal en caso de irregularidades graves (artículo 213 CGI 2026)
  • Reconstrucción de la cifra de negocios y del resultado por la administración
  • Liquidación de oficio en caso de falta de declaración o de no presentación de los documentos contables (artículos 228 y 229 CGI 2026)
  • Recargos y penalizaciones por demora sobre las cuotas reclamadas
  • Responsabilidad de los directivos: sanciones civiles y penales previstas por la Ley 5-96 y la Ley 17-95 (falta de elaboración de los estados financieros, cuentas que no dan una imagen fiel) y por el Código de Comercio en caso de procedimiento concursal
08

¿Cómo simplifica Charikaty la llevanza de su contabilidad?

Para llevar su contabilidad, esto es lo que necesita: un profesional o un servicio interno, un programa conforme, justificantes clasificados y un calendario de cierre respetado. Con Charikaty, plataforma marroquí privada de legal-tech, usted lo hace todo en línea: una vez inscrita su sociedad, nuestro servicio de contabilidad le pone en contacto con un experto contable inscrito en el Colegio de Expertos Contables (Ley 15-89) o un contable autorizado inscrito en el cuadro de la Organización Profesional de los Contables Autorizados (Organisation professionnelle des comptables agréés; Ley 127-12), colaboradores de Charikaty, para la llevanza de su contabilidad conforme a la Ley 9-88, el CGNC y el CGI 2026, y nos encargamos de su secretaría jurídica: actas de aprobación de las cuentas, depósito de los estados financieros en la secretaría del tribunal de comercio y actualizaciones del Registro Mercantil. Usted transmite sus justificantes en línea y nosotros coordinamos el resto.

Con Charikaty ya se han creado más de 250 sociedades.

09 · FAQ

FAQ: Llevanza de la contabilidad

¿Se puede llevar la contabilidad de la sociedad internamente?

Sí, ninguna ley obliga a una SARL a confiar su contabilidad a un profesional externo: la llevanza puede realizarla un servicio interno, un experto contable (Ley 15-89) o un contable autorizado (Ley 127-12). El gerente sigue siendo responsable de la regularidad de las cuentas.

¿Qué libros legales hay que llevar?

Una sociedad debe llevar el libro diario, el libro mayor y el libro de inventario. El libro diario y el libro de inventario son foliados y rubricados por la secretaría del tribunal de comercio.

¿Debe llevarse la contabilidad en un programa informático?

Sí, la ley de finanzas 2026 impone una contabilidad llevada en formato electrónico, con un fichero de asientos contables conforme al dictamen CNC n.º 24. La Ley 43-20 regula además la firma, el sello y el sellado de tiempo electrónicos.

¿Cuál es el plazo de conservación de los justificantes contables?

Los justificantes y los libros se conservan 10 años a partir del cierre del ejercicio (artículo 22 Ley 9-88; artículo 211 CGI 2026).

¿Puede una SARL acogerse a la CPU o al estatuto de autoemprendedor?

No, la CPU y el estatuto de autoemprendedor están reservados a las personas físicas. Toda sociedad sujeta al IS lleva una contabilidad completa según el régimen del resultado real.

Fuentes legales

10 textos · 3 fuentes oficiales · revisión oct 2027
Próxima revisión: oct 2027
  • Ley n.º 9-88 relativa a las obligaciones contables de los comerciantes (artículo 22: conservación 10 años)

  • Ley n.º 15-89 relativa a la profesión de experto contable y Ley n.º 127-12 relativa a la profesión de contable autorizado

  • Ley n.º 15-95 que constituye el Código de Comercio (artículos 19 y siguientes: contabilidad del comerciante)

  • Ley n.º 5-96 relativa a la SARL (artículo 70: junta general ordinaria; artículo 80: CAC; artículo 95: depósito de los estados financieros)

  • Ley n.º 17-95 relativa a las sociedades anónimas, modificada en particular por la Ley n.º 19-20 (artículo 115: junta general ordinaria; artículo 158: depósito)

  • Ley n.º 19-20 (dahir n.º 1-21-75 de julio de 2021): modifica y completa la Ley n.º 5-96 para regular la SAS, en sustitución del antiguo régimen de la Ley n.º 17-95

  • Ley n.º 43-20 relativa a los servicios de confianza para las transacciones electrónicas

  • Ley n.º 114-13 relativa al estatuto del autoemprendedor

  • Código General de Normalización Contable (CGNC) y dictamen n.º 24 del Consejo Nacional de Contabilidad (fichero de asientos contables)

  • Código General de Impuestos (Code Général des Impôts, CGI 2026), en su versión modificada por la ley de finanzas 2026 (Ley n.º 50-25): artículo 19 (IS), artículo 20 (declaración), artículo 144 (CM), artículos 145 y 146 (facturas y justificantes), artículo 170 (pagos a cuenta), artículo 211 (conservación 10 años), artículo 213 (rechazo de la contabilidad), artículos 228 y 229 (liquidación de oficio), artículos 87 a 125 (IVA)

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