Cree su promotora inmobiliaria en Marruecos, lista para la venta sobre plano.
Mis à jour le 29 de julio de 2026 · Vérifié par l'équipe juridique Charikaty
Creamos su promotora inmobiliaria en Marruecos de la A a la Z: certificado de reserva de denominación, estatutos, RC, ICE y régimen de venta sobre plano (VEFA) dominado, 100% en línea.
*Plazo habitual tras la presentación del expediente; depende enteramente de las autoridades.
Promocionar sin estructura sale caro.
VEFA protegida
La venta sobre plano (VEFA) sigue un régimen imperativo (DOC (Código marroquí de obligaciones y contratos), artículos 618-1 a 618-20): el incumplimiento se sanciona con la nulidad (artículo 618-2).
Permiso primero
La venta sobre plano (VEFA) solo puede formalizarse tras el permiso de construcción (artículo 618-5); toda reserva anterior al permiso es nula (artículo 618-3 ter).
Pagos regulados
Los pagos están limitados por etapas de avance (artículo 618-6) y cualquier pago anterior a la firma del contrato es nulo (artículo 618-8).
IVA bajo control
La base imponible del promotor es el precio de venta menos el precio actualizado del terreno (CGI 2026, Código General Tributario marroquí; artículo 96-4°).
Lo que la ley exige a un promotor inmobiliario.
La promoción inmobiliaria se identifica fiscalmente por el CGI y la venta sobre plano (VEFA) está regulada por el régimen correspondiente del DOC (Código marroquí de obligaciones y contratos). Ficha verificada por nuestros juristas sobre los textos oficiales de 2026.
Seul ou à plusieurs, le choix est simple.
Un prix fixe, connu avant de commencer.
Tu démarres avec 700 MAD, tu payes le reste quand ta société existe.
Trois jours ouvrables entre le dépôt et ta société.
Descubrimiento
30 minutos con su asesor jurídico para definir su proyecto y elegir el pack.
Día 1Certificado de reserva de denominación (certificat négatif)
Reservamos el nombre de su sociedad ante la OMPIC.
Día 1–2Estatutos firmados en línea
Redactados por su asesor jurídico, firmados con firma electrónica legalizada.
Día 2Depósito RC + ICE
Presentación del expediente completo: inscripción registral e identificadores fiscales.
Día 3Lanzamiento
Kit de bienvenida y documentos de su sociedad entregados en línea. Usted puede lanzar su programa.
+3 días hábiles**Plazo habitual tras la presentación del expediente; depende enteramente de las autoridades.
Todo lo que nos preguntan sobre la promoción inmobiliaria.
¿Puedo vender sobre plano antes de obtener el permiso de construcción?
No. La venta sobre plano (VEFA) solo puede formalizarse tras la obtención del permiso de construcción (DOC, Código marroquí de obligaciones y contratos; artículo 618-5), e incluso la reserva antes del permiso es nula (artículo 618-3 ter). Cualquier pago cobrado antes de la firma de un contrato de reserva o preliminar es nulo (artículo 618-8). El orden cronológico es imperativo.
¿Cómo se regulan los pagos de mis compradores?
Los pagos están limitados por etapas de avance de las obras (DOC, Código marroquí de obligaciones y contratos; artículo 618-6), y el contrato preliminar debe formalizarse mediante acta auténtica o acta de fecha cierta extendida por un profesional legalmente autorizado. El incumplimiento del régimen de venta sobre plano (VEFA) se sanciona con la nulidad (artículo 618-2).
¿Qué garantías debo ofrecer a mis compradores?
Una garantía de terminación de las obras o una garantía de reembolso (DOC, Código marroquí de obligaciones y contratos; artículo 618-9). En caso de retraso en la entrega, el comprador puede reclamar una indemnización del 1% mensual del importe pagado, con un límite del 10% anual, tras un requerimiento formal que quede sin efecto durante un mes (artículo 618-12).
¿Qué IVA sobre mis ventas?
La promoción inmobiliaria está sujeta al IVA al tipo general del 20% (CGI 2026, artículos 89-I-4° y 99-A). Su base imponible es el precio de venta de la obra menos el precio actualizado del terreno (artículo 96-4°), y las transmisiones de inmuebles deben inscribirse obligatoriamente (artículo 127-I-A-1°).
¿Me afectan los seguros de obra?
Sí, dentro del ámbito del Código de Seguros: como promotor o parte interviniente, las coberturas de seguro todo riesgo de construcción (TRC) y responsabilidad civil decenal (RCD) pueden ser obligatorias (artículos 157-1 y 157-10, ámbito precisado en los artículos 157-18 y 157-19). Revisamos esto según su montaje antes de la primera obra.
