Abra su escuela o guardería en Marruecos según las normas.
Mis à jour le 29 de julio de 2026 · Vérifié par l'équipe juridique Charikaty
Estructuramos su escuela o guardería en Marruecos de la A a la Z: sociedad constituida, expediente AREF o autorización de guardería preparado, 100% en línea.
*Plazo habitual tras la presentación del expediente; depende enteramente de las autoridades.
Acoger a niños sin autorización es impensable.
Autorización de la AREF
Abrir, ampliar o modificar una escuela privada exige la autorización previa de la AREF (academia regional de educación) (ley 06-00, art. 2).
Guardería autorizada
La apertura y la explotación de una guardería privada están sujetas a autorización administrativa previa (ley 40-04, art. 3).
Dirección cualificada
Director de escuela: marroquí, al menos 25 años, cualificación pedagógica y 3 años de experiencia (ley 06-00, art. 12).
Equipos exentos de IVA
Los bienes de equipo destinados a la enseñanza privada están exentos de IVA con derecho a deducción (Code Général des Impôts 2026, Código General Tributario marroquí; art. 92-I-8°).
Lo que la ley exige a un colegio o guardería privada.
La enseñanza privada se rige por la Ley 06-00 (autorización de la AREF, academia regional de educación) y las guarderías por la Ley 40-04 (autorización administrativa previa). Ficha verificada por nuestro equipo jurídico frente a los textos oficiales de 2026.
Seul ou à plusieurs, le choix est simple.
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Tu démarres avec 700 MAD, tu payes le reste quand ta société existe.
Trois jours ouvrables entre le dépôt et ta société.
Descubrimiento
30 minutos con su asesor jurídico para definir su proyecto y elegir el pack.
Día 1Certificado de reserva de denominación (certificat négatif)
Reservamos el nombre de su sociedad ante la OMPIC.
Día 1–2Estatutos firmados en línea
Redactados por su asesor jurídico, firmados con firma electrónica legalizada.
Día 2Depósito RC + ICE
Expediente completo presentado: inscripción registral e identificadores fiscales.
Día 3Lanzamiento
Kit de bienvenida y documentos de la sociedad entregados en línea. Usted puede presentar su solicitud de autorización.
+3 días hábiles**Plazo habitual tras la presentación del expediente; depende enteramente de las autoridades.
Todo lo que nos preguntan sobre los colegios y guarderías.
¿Cómo obtengo la autorización para abrir un colegio privado?
La solicitud se presenta ante la AREF (academia regional de educación y formación): la ley 06-00 (artículo 2) exige una decisión en un plazo máximo de 30 días, entendiéndose el silencio como aceptación. La autorización cubre la apertura, pero también cualquier ampliación o modificación posterior.
¿Y para una guardería?
La ley 40-04 somete la apertura y el funcionamiento a autorización administrativa previa (artículo 3), sobre la base de un expediente administrativo, pedagógico y sanitario (artículo 4). La decisión se produce en un plazo de 60 días (artículo 5) y la autorización se concede por un período de 1 a 10 años (artículo 6). Es obligatorio un seguro que cubra a los niños (artículo 9).
¿Quién puede dirigir el establecimiento?
Para una escuela: un director marroquí de al menos 25 años, en pleno uso de sus derechos civiles, apto médicamente y con cualificación pedagógica acreditada por 3 años de experiencia (ley 06-00, artículo 12); el profesorado debe estar cualificado (artículo 14). Para una guardería: dirección permanente y educadores que cumplan las condiciones de los artículos 16, 18 y 20 de la ley 40-04.
¿Qué ventajas fiscales tiene mi establecimiento?
Los bienes de equipo destinados a la enseñanza privada o a la formación profesional están exentos de IVA con derecho a deducción (Code Général des Impôts 2026, Código General Tributario marroquí; artículo 92-I-8°). No se ha encontrado ninguna exención fiscal general 2026 aplicable a la totalidad de los ingresos de un colegio o una guardería en las fuentes consultadas: el derecho común se aplica al resto.
¿Qué riesgo corre un establecimiento no autorizado?
Para un colegio: una multa de 10 000 a 50 000 DH, que se eleva a 20 000-100 000 DH en caso de reincidencia, con una prohibición de 2 a 10 años (Ley 06-00, artículo 24). Para una guardería: 1 000 a 5 000 DH (Ley 40-04, artículo 22), sanciones por falta de seguro (artículo 24) y el cierre o la retirada de la autorización (artículo 28).
